SIN INFORMACION

/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 10 de marzo de 2025, bajo el folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de CHANISE SAINT - JUSTE, haitiana, dueña de casa, cédula de identidad extranjeros N°26.885.064-3, domiciliada, en Cloroformo Valenzuela, Jardines del Sur N°760, Comuna de Curicó, Región del Maule, en contra de la Resolución Exenta N°24406060 de 27 de agosto de 2024 del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, cédula nacional de identidad Nº16.627.882-9, o por quien haga de sus veces, ambos con domicilio en San Antonio 580, piso 3, Santiago, Región Metropolitana, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la persona extranjera, disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 10 días. El motivo del rechazo de su solicitud y posterior orden de abandono dice relación a que no remite copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva. Precisa que, ingreso al territorio chileno de forma regular, en donde posterior a esto obtiene un beneficio migratorio de visa temporaria, seguidamente se convierte en madre del Menor Hans Cliventz Sylvain Saint-Juste, chileno, nacido el 16 de octubre del año 2021, de actuales 2 años 4 meses siendo hijo este de don Claudy Sylvain, quien es residente chileno, y pareja de hecho de la recurrente, por lo que con el nacimiento del menor, esta opta al beneficio de permanencia definitiva, dando cuenta que se encuentra a expensa del padre del menor. Agrega que, la recurrente junto con el menor y el padre de este, mantienen un arraigo familiar por lo que la orden de abandono del país es del todo desproporcional teniendo en consideración que el fundamento de la parte recurrida se basa básicamente en que “el solicitante no remite copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva, siend

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto a favor de Chanise SAINT-JUSTE en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24406060 de 27 de agosto de 2024, emanada del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de Residencia Definitiva solicitada por la recurrente, dejando sin efecto, asimismo, la decisión de que éste último haga abandono del territorio nacional, debiendo la recurrida reiniciar el procedimiento de solicitud de residencia definitiva, disponiendo lo conveniente para que se cite al amparado y se le informe acerca de los documentos que debe acompañar, por su permanencia en el país, otorgándole un plazo al actor, no inferior a treinta días para citar e instruir al recurrente sobre la presentación de los documentos faltantes y luego, estudie y resuelva su situación migratoria conforme a Derecho, debiendo el servicio dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 letra d) de la Ley 19.880. Déjese sin efecto la orden de no innovar decretada, una vez ejecutoriado el presente fallo. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 185-2025/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, doce de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 10 de marzo de 2025, bajo el folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de CHANISE SAINT - JUSTE, haitiana, dueña de casa, cédula de identidad extranjeros N°26.885.064-3, domiciliada, en Cloroformo Valenzuela, Jardines del Sur N°760, Comuna de Curicó, Región del Maule, en contra de la Resolución Exenta N

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