LÓPEZ/ARAYA
Rol
Fecha
11 de marzo de 2025
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial lo dispuesto en el artículo 795 N° 2 del Código de Procedimiento Civil y constando en autos que se realizó el llamado a conciliación del folio 21, fue debidamente notificado a las partes quienes no comparecieron, según atestado de ministro de fe del folio 27, con lo que aparece claro que se cumplió con la carga que en este sentido pesaba sobre el tribunal, por lo que SE REVOCA la resolución apelada de 17 de enero de 2025 dictada en la causa C 1699-2023 del Primer Juzgado de Letras, la que se deja sin efecto y en su lugar se repone la causa al estado de citar a las partes a oír sentencia. Comuníquese. N°Civil-43-2025. En Arica, once de marzo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Arica Arica, once de marzo de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial lo dispuesto en el artículo 795 N° 2 del Código de Procedimiento Civil y constando en autos que se realizó el llamado a conciliación del folio 21, fue debidamente notificado a las partes quienes no comparecieron, según atestado de ministro de fe del folio 27, con lo que aparece cl
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