JUZGADO DE FAMILIA ARICA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

11 de marzo de 2025

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: PRIMERO: Que, el artículo 5 de la Ley 20.066 establece: “Violencia intrafamiliar. Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica, la libertad o indemnidad sexual, o la subsistencia o autonomía económica, en contra de una persona que tenga o haya tenido, respecto de quien ejerce la violencia, alguna de las siguientes calidades: 1. Cónyuge o conviviente civil. 2. Conviviente. 3. Pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia. 4. Padre o madre de un hijo o hija en común. 5. Pariente por consanguinidad o afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado...

Texto Completo (Preview)

Arica, once de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: PRIMERO: Que, el artículo 5 de la Ley 20.066 establece: “Violencia intrafamiliar. Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica, la libertad o indemnidad sexual, o la subsistencia o autonomía económica, en contra de una persona que tenga o haya tenido, respecto de quien ejerce la

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