SIN INFORMACION

ROJAS/CORDERO

Rol

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Visto: A todo: 1.- Que en estos autos comparece Pablo Peñaloza Parra en favor de María Fernanda Rojas Colmenares, señalando como domicilio de la recurrente el de calle O´Higgins 236, comuna de Concepción. Sin embargo, de los documentos acompañados al recurso, se desprende que el recurrente tiene un domicilio diverso al indicado por la compareciente, el cual corresponde a la comuna de Quilicura, Santiago. 2.- Que así las cosas, esta Corte estima que el domicilio que se indica en el recurso no puede acarrear la competencia del Tribunal, ya que aceptar la tesis contraria supone que el abogado o quien venga en favor de otro elija la Corte de Apelaciones ante la que tramitará su recurso, cuestión que está debidamente determinada por el Auto Acordado sobre Tramitación de Recursos de Protección y Garantías Constitucionales, correspondiendo al lugar donde se produce el acto que se denuncia como ilegal o arbitrario, o aquel donde este producen sus efectos, por lo que, en consecuencia, se declara que este Tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes vía interconexión. Tómese nota en los libros pertinentes. N°Protección-882-2025.

Fallo

se declara que este Tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes vía interconexión. Tómese nota en los libros pertinentes. N°Protección-882-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción GSR/ams Concepción, doce de marzo de dos mil veinticinco. Al recurso de folio 1: Visto: A todo: 1.- Que en estos autos comparece Pablo Peñaloza Parra en favor de María Fernanda Rojas Colmenares, señalando como domicilio de la recurrente el de calle O´Higgins 236, comuna de Concepción. Sin embargo, de los documentos acompañados al recurso, se desprende que el recurrente tiene un

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