JUZGADO DE FAMILIA VIÑA DEL MAR

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

11 de marzo de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo, además, presente lo prevenido en el inciso octavo del artículo 12 de la Ley 14.908, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución apelada de quince de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Viña del Mar. Devuélvase. N°Familia-1458-2024.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de marzo de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo, además, presente lo prevenido en el inciso octavo del artículo 12 de la Ley 14.908, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución apelada de quince de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Famili

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