SIN INFORMACION

CRISTIAN ANTONIO MONTOYA MUÑOZ Y OTRA/PAMELA LORENA LILLO SALAZAR Y OTROS

Rol

Fecha

11 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADO SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS: En folio 1 de estos autos Rol Corte N°Amparo-120-2025, comparece el abogado Héctor Mella Vergara, con domicilio Av. Providencia Nº 1650, oficina Nº 505, comuna de Providencia, deduciendo recurso de amparo en favor de Cristian Antonio Montoya Muñoz, comerciante, y de Paola Andrea Montecinos Picarte, labores de casa, ambos domiciliados en Avenida La Foresta N°365, Lomas Coloradas, comuna de San Pedro de La Paz, ambos imputados en causa RUC N°2300770172-1, Rit 6503-2023 del Juzgado de Garantía de Concepción. Dirige el recurso en contra 1) de la Fiscalía Local de Concepción, a través de su Fiscal Adjunto doña Pamela Lorena Lillo Salazar, con domicilio para estos efectos en las Dependencias del Ministerio Públic, ubicado en Avda. Juan Bosco N°2026, Concepción; 2) de la Fiscalía Regional del Biobío, a través de su Fiscal Regional doña Marcela María Cartagena Ramos, con domicilio para estos efectos en las Dependencias del Ministerio Público ubicado en Avda. Padre Hurtado N°434, en Concepción; 3) de las actuaciones decretadas por el Juzgado de Garantía de Concepción, a través de las juezas Claudia Andrea Castillo Jiménez, Carolina Andrea Llanos Ojeda, Marcelo Joaquín Antonio Bustos Vergara y de Juan Domingo Pinochet Tejos, con domicilio para estos efectos en las dependencias del Tribunal en calle Avda. Juan Bosco N°2010, en Concepción, y 4) de la Asociación Chilena de Casinos de Juego y en su representación y por intermedio de su apoderado judicial y abogado querellante don Carlos Eduardo Gajardo Pinto, con domicilio para estos efectos en Augusto Leguía Sur N°160, oficina 101, comuna de Las Condes. Explica que ante el Juzgado de Garantía de Concepción se sigue causa RIT N° O 6503 – 2023 y R.U.C. N° 23000770172 – 21, en contra de una pluralidad de imputados que ejercen sus actividades comerciales en diversas ciudades y regiones a lo largo de Chile, de entre los cuales se encuentran los amparados. Dicho expediente que mantiene el carácter de reservado, se inició media

Fundamentos

fundamentos que constan en el registro de audio que se acompaña. En tal sentido, se debe tener en consideración la multiplicidad de imputados, los delitos materia de formalización, la complejidad del caso y los informes pendientes, por lo que no es posible estimar que la ampliación del plazo de investigación constituya una afectación ilegal o arbitraria al derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable y sin dilaciones indebidas. Añade que respecto a la mantención de las medidas cautelares que el recurrente reclama, ellas se asientan en las resoluciones judiciales dictadas en la presente causa, las que se encuentran debidamente fundadas, son concordantes con la gravedad de las conductas que se imputan a los amparados, los antecedentes de investigación y su ponderación en el estándar que exigen los artículos 122 y 140 del Código Procesal Penal. En efecto, el derecho al debido proceso, implica que el tribunal resuelva las pretensiones de los solicitantes, pero no significa un pronunciamiento favorable. Ahora bien, si el recurrente considera que hay una equivocada apreciación de los hechos y el derecho aplicable, esa es una cuestión que no puede ser resuelta por la vía de la acción constitucional de amparo, sino que más bien del recurso de apelación que recaiga sobre la resolución que se pronuncie por la cautelares, cuestión que la Ilma. Corte de Apelaciones ha entrado a conocer en reiteradas ocasiones, respecto de los amparados y de los demás imputados en esta causa. En folios 13 y 14 se tienen a la vista a través del sistema computacional y de un link, los ingresos rol Corte 1934-2024 y 1941-2024, correspondientes a los ingresos de la causa Rit 6503-2023 del Juzgado de Garantía de Concepción. En folio 17 informó María Cecilia Valdés Vial, en calidad de presidenta ejecutiva de la Asociación Chilena de Casinos de Juego A.G.. Se refirió primero a la naturaleza jurídica de la Asociación Chile de Casinos de Juego. Se trata de una asociación gremial sin fines de lucro, constituida por escritura pública de fecha 25 de marzo de 2009 ante Notario de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, bajo el Repertorio N°l55-2009, que se rige por el Decreto Ley Nº2.757 de 1979, sus modificaciones, los reglamentos que se dicten al efecto y por sus estatutos. Está domiciliada en la ciudad de Santiago. Está debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones Gremiales del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, bajo el número 4007. Actualmente la Asociación cuenta con 16 casinos con licencia para operar en Chile y regidos por las normas de la Ley N°19.995, los que representan sobre el 70% de la operación de casinos en el país. Sobre el fondo del recurso, dijo que el 3 de octubre de 2024, la Asociación Chilena de Casinos de Juegos A.G. dedujo querella en causa RIT 6503-2023, RUC 2300770172-1 del Juzgado de Garantía de Concepción, causa en la que con fecha 11 de septiembre de 2024 fueron formalizados los amparados por hechos constitutivos de los delitos de c

Fallo

fallo Rol 1934-2024, acordada con un voto en contra. En cuanto a la imputada Paola Montecinos el Juzgado de Garantía decidió mantener la medida cautelar de arresto domiciliario total, resolución que no fue apelada por su defensa. En la resolución dictada por el Juez de Garantía de Concepción, en esta audiencia de 30 de octubre de 2024, afirmó que, oídos los intervinientes lo le cabe duda de la concurrencia de los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, audiencia donde este Ministerio Público leyó oficio de la Ilustre Municipalidad de Concepción, oficio de la Superintendencia de Casinos y donde se hizo lectura de algunas transcripciones de interceptaciones telefónicas de los imputados. Por presentación de 8 de enero de 2025, antes de que se cumpliera el plazo de 4 meses para investigar, este Ministerio Público solicitó al Juzgado de Garantía de Concepción, audiencia de ampliación de plazo de investigar, la que fue fijada para el día 27 de enero del 2025. En audiencia de 27 de enero de 2025, el Juzgado de Garantía de Concepción resolvió ampliar el plazo de investigar en la presente causa por 4 meses, a contar de la fecha de la audiencia. Entre las diligencias pendientes, en las que se fundó la petición de ampliación de plazo de investigar, se encuentra la revisión de los teléfonos celulares incautados, celulares con los que se cuenta sólo desde el 9 de septiembre de 2024, teléfonos incautados a cada uno de los 19 imputados, diligencia a

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C.A. de Concepción xsr Concepción, a once de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: En folio 1 de estos autos Rol Corte N°Amparo-120-2025, comparece el abogado Héctor Mella Vergara, con domicilio Av. Providencia Nº 1650, oficina Nº 505, comuna de Providencia, deduciendo recurso de amparo en favor de Cristian Antonio Montoya Muñoz, comerciante, y de Paola Andrea Montecinos Picarte, labores de casa,

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