JUZGADO DE GARANTIA DE MELIPILLA

MP C/MIGUEL ANGEL ALFREDO ORTIZ

Rol

Fecha

11 de marzo de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en los mismos, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad de los delitos, bienes jurídicos protegidos y eventual modalidad de cumplimiento en caso de condena, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de tres de marzo en curso, dictada en los autos RIT 2998-2024 por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Miguel Ángel Alfredo Ortiz. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°752-2025 Penal

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San Miguel, once de marzo de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 752-2025 Penal Ruc: 2401205504-4 RIT: 2998-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas y señora Alondra Castro Jiménez y Fiscal Judicial señora Carla Troncoso Bustamante. Relator: Nicole Bustos Maulén Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Pamela Ballesteros Defens

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