2º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

NELSON EDUARDO RIVAS OSSES CON FISCO DE CHILE / C.D.E.

Rol

Fecha

10 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

considerandos 17° y 18°, que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: 1°) Que en estos autos civiles, sobre indemnización de daños y perjuicios en contra del Fisco de Chile, caratulados “Rivas con Fisco de Chile” Rol Nº C-3964-2022, del Segundo Juzgado Civil de Concepción, y Rol N°2777-2023 de esta Corte de Apelaciones, recurre de apelación la parte demandante en contra de la sentencia dictada con fecha veintidós de agosto de dos mil veintitrés, solicitando se confirme la misma, con declaración que se eleva el daño moral, condenando a la demandada a pagar por este concepto la suma de $300.000.000, o la suma que se fije de acuerdo al mérito del proceso, más reajustes e intereses desde que se produjo el daño hasta el momento del pago efectivo, o la fórmula que se estime regular, más las costas personales de la causa y del recurso. En contra de la misma sentencia igualmente, apela la parte demandada el Fisco de Chile, por cuanto en su concepto ésta le causa agravios, solicitando se revoque dicho

Fallo

fallo y se rechace en todas sus partes la demanda de indemnización de perjuicios, revocándose asimismo el factor de reajustabilidad y el periodo de su devengo en la forma en que se señala en el cuerpo del recurso, como también la condena en costas. En subsidio, pide que se rebaje sustancialmente el monto fijado a título de indemnización por daño moral. I.- En cuanto a la apelación del Fisco: 2°) Que, en relación a los fundamentos de la apelación del Fisco, ellos consisten en el rechazo de la excepción de pago y reparación satisfactiva o integral, fundada en los beneficios de las leyes N° 19.123 y N° 19.992; en el rechazo de la excepción de prescripción planteada por su parte; y en la falta de prueba del daño moral, concluyendo que no es procedente la determinación de intereses y reajustes llevada a cabo en la sentencia apelada, así como la condena en costas. 3°) Que en lo que se refiere a estos tópicos, de la sentencia recurrida se aprecia, en los motivos 8° y 9°, fundamentos suficientes para confirmar el rechazo de la excepción de pago y reparación integral, con argumentos que son compartidos por esta Corte consistentes, en síntesis, en la necesidad de una real reparación a la víctima y en la inexistencia de incompatibilidad legal alguna entre las prestaciones aludidas y la indemnización por daño moral, razones todas que llevan a concluir la falta de plausibilidad de las argumentaciones fiscales, siendo procedente el rechazo de tal alegación. Además de lo planteado, se tiene

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Concepción, diez de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus considerandos 17° y 18°, que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: 1°) Que en estos autos civiles, sobre indemnización de daños y perjuicios en contra del Fisco de Chile, caratulados “Rivas con Fisco de Chile” Rol Nº C-3964-2022, del Segundo Juzgado Civil de Concepc

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