SIN INFORMACION

CORREA AMBIADO PEDRO ALBERTO/DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

10 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, con fecha 20 de febrero de 2025, comparece Juana Correa Ambiado, e interpone, en favor de su hermano Pedro Correa Ambiado, actualmente interno en el Módulo 3 del Centro de Detención Preventiva Santiago Uno, recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, debido que, sostiene, el amparado está siendo amenazado de muerte en el módulo al cual sería trasladado en los siguientes días. Señala que el interno, actualmente recluido en el Módulo 3 del Centro Penitenciario Santiago Uno, estaría enfrentando amenazas contra su vida por parte de internos del Módulo 20, quienes, según indica la compareciente, habrían recibido ofrecimientos de dinero para agredirlo y atentar contra su integridad física. Refiere que, dado que su traslado al Módulo 20 está programado para el futuro próximo, es que solicita a esta Corte su reubicación en un módulo de mayor seguridad Segundo: Que comparece Alejandra Jeannette Tabilo Hormazábal, abogada de la Oficina de Asistencia Jurídica de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, evacuando el informe solicitado. Señala al efecto, que el amparado ingresó al Centro de Detención Preventiva (C.D.P.) Santiago Uno el 14 de febrero de 2025 para cumplir la medida cautelar dispuesta por el 10º Juzgado de Garantía de Santiago, en su calidad de imputado por el delito de parricidio; que, posteriormente, el 17 de febrero de 2025, fue entrevistado por la Oficina de Clasificación y evaluado con un Alto Índice de Compromiso Delictual, dada su reincidencia en delitos graves, tales como tráfico ilícito de drogas, robos con violencia y tenencia de sustancias prohibidas, además de contar con un historial intrapenitenciario caracterizado por la comisión de faltas graves, incluyendo tenencia de elementos prohibidos, daños, resistencia a procedimientos, riñas y posesión de armas blancas. En virtud de lo anterior, el amparado se encuentra en el módulo Nº 3 de tránsito, destinado al ingreso de imputados reincidentes. Refiere que, considerando su perfil criminógeno, sus opciones de segmentación dentro del C.D.P. Santiago Uno corresponden a los módulos Nºs 19, 20, 21, 22, 26, 31 o 32, donde se encuentran internos con similares características delictuales y que, en caso de negarse a ingresar a estos módulos, es factible su derivación en calidad de aislado al módulo Nº88, a la espera de gestionar un posible traslado a otra unidad penal. Tercero: Que, habiendo sido solicitado por esta Corte, la recurrida amplió el informe evacuado, señalando que el amparado no se ha acercado a la Guardia Interna como tampoco a la Oficina de Clasificaciones de la Unidad Penal del C.D.P. Santiago I a informar que presente problemas con sus pares, como tampoco ha prestado declaración respecto a las supuestas amenazas como tampoco de sus agresores. Cuarto: Que la acción de amparo prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República tiene por objeto proteger a las personas que ilegal o arbitrariamente sufr

Fallo

Por estas razones y de conformidad a lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de amparo constitucional deducido en favor de Pedro Correa Ambiado, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-794-2025. En Santiago, diez de marzo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: Que, con fecha 20 de febrero de 2025, comparece Juana Correa Ambiado, e interpone, en favor de su hermano Pedro Correa Ambiado, actualmente interno en el Módulo 3 del Centro de Detención Preventiva Santiago Uno, recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, debido que, sostiene, el amparado est

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