2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

IRRAZABAL/LEMOINE

Rol

Fecha

10 de marzo de 2025

Materia

MONITORIO, COBRO RENTAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se recurre del rechazo de la resolución que rechazó la objeción a la liquidación, por lo que se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de seis de febrero del año en curso, dictada en la causa Rol C-5850-2023 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel. Archívese y devuélvase por interconexión. Rol N°395-2025 Civil

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de seis de febrero del año en curso, dictada en la causa Rol C-5850-2023 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel. Archívese y devuélvase por interconexión. Rol N°395-2025 Civil

Texto Completo (Preview)

CH (adb) San Miguel, diez de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se recurre del rechazo de la resolución que rechazó la objeción a la liquidación,

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