2º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

/BEROIZ

Rol

Fecha

10 de marzo de 2025

Materia

LIQUIDACIÓN SIMPLIFICADA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo presente que el artículo 8 de la Ley N° 20.720 establece que las normas contenidas en leyes especiales prevalecerán sobre sus disposiciones, y

Fundamentos

considerando que la Ley N° 20.027 constituye una normativa especial que regula el Crédito Universitario con Garantía Estatal, estableciendo reglas específicas para su cobro y exigibilidad, SE REVOCA la resolución de fecha quince de julio de dos mil veinticuatro, escrita a folio 5 en el cuaderno de incidente general, que no concede la exclusión del crédito y, en su lugar,

Fallo

se declara que se acoge la incidencia y se declara excluido del procedimiento concursal de Liquidación Simplificada el Crédito Universitario con Garantía Estatal otorgado por Banco del Estado de Chile, a la deudora y solicitante de autos doña NATHALIE ALEJANDRA BEROIZ GUINEZ, en conformidad con la normativa especial aplicable. Devuélvase. N°Civil-1302-2024. (csd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diez de marzo de dos mil veinticinco. Al folio 18: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo presente que el artículo 8 de la Ley N° 20.720 establece que las normas contenidas en leyes especiales prevalecerán sobre sus disposiciones, y considerando que la Ley N° 20.027 constituye una normativa especial que regula el Crédito Universitario

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