FELIPE ANDRÉS PALMA URRUTIA / POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
10 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Nicole Maturana Silva, en representación de Felipe Andrés Palma Urrutia, interpone recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile por el acto ilegal consistente en el hostigamiento del cual es objeto, ordenado el cese del mismo. Expone que, sujetos de civil con apariencia de personal policial, se acercaron al domicilio de su representado el 6 de febrero de 2025, indicándole a sus padres que mantenía una orden de detención vigente, cuestión que no es efectiva. Ante ello, y al no encontrarse en el domicilio, concurrió al otro día a tribunales a fin de presentarse respecto de dicha orden, indicándole que no existe orden de detención alguna. Finalmente indica que la acción de dichas personas implica una vulneración a su libertad y seguridad, manteniéndolo en un estado de preocupación y temor, solicitando que se deje sin efecto la misma. Segundo: Que, informó al tenor del recurso Xavier Armendáriz Salamero, fiscal regional de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, que el recurrente no registra causas vigentes en calidad de imputado que sean de su competencia. Tercero: Que, al tenor de los antecedentes informó Sandra Reveco Valdés, abogada jefe de la Fiscalía Regional Metropolitana Sur, que Palma Urrutia no registra causas vigentes en calidad de imputado que sean de su competencia Cuarto: Que, al respecto, indicó Rodrigo Fuentes Azócar, en representación de la Policía de Investigaciones de Chile, que el actor no registra órdenes de detención, arraigos ni arrestos pendientes, y que consultadas las unidades dependientes de su región policial, señalan no haber participado en los hechos relatados por éste. Quinto: Que, respecto de estos antecedentes, da cuenta Marcos Pastén Campos, fiscal regional de la Fiscalía Regional Metropolitana Occidente, que el amparado no registra causas vigentes en calidad de imputado que sean de su competencia. Sexto: Que, finalmente indicó Felipe Sepúlveda Araya, fisca
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Felipe Andrés Palma Urrutia. Regístrese y archívese. N°267-2025 Amparo.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diez de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Nicole Maturana Silva, en representación de Felipe Andrés Palma Urrutia, interpone recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile por el acto ilegal consistente en el hostigamiento del cual es objeto, ordenado el cese del mismo. Expone que, sujetos de civil con apariencia de personal
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