DÍAZ LÓPEZ JOSÉ FREDDY / GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
10 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, Stephanie Emiliana Alfaro López, deduce acción de amparo en favor de José Freddy Díaz López y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto que considera ilegal, consistente en la demora en la puesta libertad lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que, el amparado es su hermano, quien se encuentra cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, habiéndose ordenado su libertad el 3 de marzo de 2025 lo que a la fecha no se ha cumplido. Por lo anterior, pide que se conceda de inmediato la libertad al amparado. A folio 6, evacúa informe el Complejo Penitenciario de Valparaíso, señalando que los meses de rebaja acumulados no fueron aprobados, debido a que el interno incurrió en la circunstancia establecida en la letra F del artículo 17 de la Ley N°19.856, esto es, haber obtenido el beneficio de reducción de condena con anterioridad. Acompaña el Decreto Exento N°723 de 5 de marzo de 2025 dictado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Hace presente que actualmente se encuentra cumpliendo una condena dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Quillota, que dio inicio el 3 de junio de 2018, con fecha de término el 3 de junio de 2025. A folio 7 se ordena traer autos en relación Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, a través del ejercicio de la presente acción cautelar se pretende que se conceda la libertad inmediata el actor la que, a su juicio, fue otorgada el 3 de marzo de 2025. Tercero: Que, atendido el mérito de los antecedentes, no se advierte ilegalidad en el actuar de la recurrida, toda vez que al no habérsele concedido al actor el beneficio de rebaja de condena, esta termina el 3 de junio de 2025, no pudiendo accederse a la libertad inmediata pretendida, razones por las cuales el presente arbitrio no podrá prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de José Freddy Díaz López en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-595-2025.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de marzo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, Stephanie Emiliana Alfaro López, deduce acción de amparo en favor de José Freddy Díaz López y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto que considera ilegal, consistente en la demora en la puesta libertad lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la C
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