RONEL GUERRIER/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Tomás Matheson Mujica, abogado, en favor de Ronel Guerrier, de nacionalidad haitiana, cédula nacional de identidad N°26.330.287-7, domiciliado en Calle Beriloz (pentagrama) Nº 420, Casa G, San Joaquín, e interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación ilegal consistente en la dictación por dicho Servicio de la resolución que archivó la solicitud de residencia definitiva, actuación que afecta su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución Política de la República. Expone que la persona en cuyo favor recurre migró a Chile debido a la crisis económica y social en su país, buscando mejorar su calidad de vida. Posee RUT definitivo y solicitó residencia definitiva en julio de 2024. Sin embargo, el 26 de febrero de 2025, el Servicio Nacional de Migraciones archivó su solicitud, argumentando una medida de abandono vigente por rechazo de visa. Alega no haber sido notificada de dicha resolución ni conocer sus fundamentos, lo que impediría su aplicación según el artículo 51 de la Ley 19.880. Sostiene haber cumplido con los trámites legales para su regularización y que la Administración debe actuar conforme a la ley, garantizando un procedimiento racional y justo. Previas citas legales, solicita se acoja el presente recurso, se deje sin efecto la Resolución Administrativa que dispone su abandono del país, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones el restablecimiento del imperio del derecho, retrotrayendo el proceso administrativo y dándole continuidad, permitiéndole complementar los antecedentes de que dispone la recurrida o, en su defecto, realizar una nueva postulación. Segundo: Que, al tenor de lo solicitado, Policía de Investigaciones de Chile evacúa informe y señala que la extranjera no registra encargos vigentes por órdenes de aprehensión, ni arrestos o arraigos en su contra. Tercero: Que, asimismo, el Servicio Nacional de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Ronel Guerrier. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°309-2025 Amparo.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diez de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Tomás Matheson Mujica, abogado, en favor de Ronel Guerrier, de nacionalidad haitiana, cédula nacional de identidad N°26.330.287-7, domiciliado en Calle Beriloz (pentagrama) Nº 420, Casa G, San Joaquín, e interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación il
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