SIN INFORMACION

SALAS/CHUBB SEGUROS CHILE S.A

Rol

Fecha

7 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS: 1º Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. 2° Que, estos sentenciadores estiman que, en el recurso en análisis, no se señalan hechos que justifiquen el ejercicio de esta vía cautelar excepcional, toda vez que, del relato expuesto, no se configuran circunstancias vulneratorias en los términos establecidos en el numeral 2°, del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, razones por las que no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto precedentemente. Rol 73-2025. Protección.

Fallo

Por estas consideraciones se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto precedentemente. Rol 73-2025. Protección.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, siete de marzo de dos mil veinticinco. Resolviendo el escrito de folio 1: A lo principal: VISTOS: 1º Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías numeradas en el artículo 20 de la Constituci

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