VALENCIA/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES
Rol
Fecha
7 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Pablo Luis Valencia Cortés, quien deduce acción de protección en contra de Caja de Compensación Los Andes, en virtud de los actos ilegales y arbitrarios en que ha incurrido la recurrida, que privan, perturban y amenazan su derecho de propiedad asegurado por la Constitución Política de la República en su artículo 19 N°24. Expone que con fecha 31 de octubre de 2024 se percató que en su liquidación de remuneraciones correspondientes al mes de octubre de esa misma anualidad, figuraba que la recurrida procedió a descontar la suma de $339.355.- respecto a un mutuo de dinero, el cual por
Fundamentos
motivos de fuerza mayor ni pudo seguir pagando desde septiembre de 2018. Agrega que la Caja de Compensación referida, respecto al cobro de cuotas pendientes, haciendo uso de la cláusula de aceleración, dedujo demanda ejecutiva ante el 3° Juzgado Civil de San Miguel, Rol C-3001-2018, proceso en el cual contestó la demanda oponiendo excepción de prescripción del título ejecutivo, por lo cual no procede que la recurrida de manera caprichosa fuerce de manera unilateral el beneficio establecido en el artículo 22 de la Ley N°18.833. Afirma que, de los hechos expuestos, se despende que la Caja de Compensación ha incurrido en omisiones y actos ilegales o arbitrarios que han tenido como consecuencia una privación, perturbación y amenaza del legítimo ejercicio de su derecho de propiedad, ya que los descuentos o retenciones efectuados a su liquidación de sueldo después de 3 años no son amparados por la ley, y la recurrida mediante el ejercicio abusivo del mecanismo comprendido en la Ley N°18.833 halló una forma de obtener el cumplimiento forzoso de la obligación pese a existir un juicio en curso.
Fallo
Por lo expuesto, pide acoger el recurso, declarando que: a) La recurrida deberá cesar o abstenerse de requerir o de obtener descuentos en sus liquidaciones por los créditos sociales o mutuos celebrados anteriormente; b) La recurrida proceda a la devolución, restitución o reembolso de el o los montos descontados a sus liquidaciones de sueldo, desde mayo de 2022 (sic) en adelante; c) Se adopten todas o cualquiera de las providencias que la Corte juzgue necesarias para reestablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del recurrente; d) Se condene en costas a la contraria. Segundo: Que, evacuando informe por Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, comparece la abogada Inés Riquelme Arao, quien señala que Caja Los Andes, con fecha 10 de diciembre de 2020, otorgó al recurrente el crédito código 098CON102624157, por la suma de $10.479.013.-, a una tasa de 1,1%, pagadero en un plazo de 60 meses, con una cuota de $271.231.-, cuyo primer vencimiento fue el 28 de febrero de 2021; las cuotas del mes de febrero de 2021 a agosto de 2022 (1 a 19), se pagaron durante el periodo 05 de marzo de 2021 a 10 de septiembre de 2022, y la cuota del mes de septiembre de 2022, fue diferida por licencia médica. La cuota del mes de octubre de 2022 (21), más el interés penal, fue pagada con desfase a través de descuento efectuado en la remuneración del mes de octubre de 2024, generando mora por las cuotas del mes de noviembre de 2022 a octubre de 2024 (22 a 45), las cuot
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Pablo Luis Valencia Cortés, quien deduce acción de protección en contra de Caja de Compensación Los Andes, en virtud de los actos ilegales y arbitrarios en que ha incurrido la recurrida, que privan, perturban y amenazan su derecho de propiedad asegurado por la Constitución Polític
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