MONTENEGRO/TESORERIA REGIONAL DEL MAULE
Rol
Fecha
7 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR.
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado Víctor Manuel Morales Núñez en representación del ejecutado AMÉRICO ERNESTO MONTENEGRO BRAVO, en juicio de cobro de obligaciones tributarias caratulados “TESORERIA REGIONAL DE TALCA con MONTENEGRO BRAVO, AMERICO ERNESTO”, causa Rol Administrativo 12.374-2024 de la comuna de Talca, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 18 de noviembre de 2024 por el Juez Sustanciador Tesorero Regional de Talca, que no concedió el recurso de apelación interpuesto por su parte. Señala que interpuso recurso de reposición con apelación subsidiaria en contra de la resolución de 14 de octubre de 2024, solicitando dejarla sin efecto, ordenar que se tenga por opuesta la excepción de no empecer el título al ejecutado, resolución que debería ajustarse a lo prescrito en el artículo 2 del Código Tributario y Título I del Libro Tercero del Código de Procedimiento Civil, en subsidio y en caso de no ser acogido el recurso de reposición, interpuso recurso de apelación en contra de la misma resolución, fundado en los mismos argumentos derecho expuestos en dicho escrito y con iguales peticiones concretas. Sin perjuicio de lo anterior, el 18 de noviembre de 2024,
Fallo
se resuelve no ha lugar a la reposición e inadmisible la apelación. Si bien es cierto, el procedimiento especial de cobro de la obligaciones tributarias está regulado por el título V libro III del Código Tributario, no es menos cierto que para el conocimiento y fallo de los incidentes, llamados por la norma como “las cuestiones que se susciten...”, es aplicable el artículo 190 del Código en comento, el cual establece que todas las cuestiones que se susciten entre los deudores morosos de impuestos y el Fisco, que no tengan señalado un procedimiento especial, deberán ser tramitados incidentalmente y sin forma de juicio ante el propio Juez Sustanciador (Tesorero Comunal), quien por esta única oportunidad ejerce jurisdicción, al radicarse por mandato legal en su persona el fallo de una contienda jurídica. Controversia que deberá́́ ser resuelta, en lo que fuere compatible con el carácter administrativo del Procedimiento de Cobro Tributario, con aplicación supletoria de las nomas contempladas en el título I del Libro III del Código de Procedimiento Civil, según lo dispone el inciso 2° de dicho artículo. Al contrario de lo señalado por el Señor Juez Sustanciador, es plenamente pertinente a la aplicación supletoria de las normas del Código de Procedimiento Civil, las acciones procesales y recursos aplicables a dicho procedimiento, ante dicho cuerpo legal, atendido a que las resoluciones de este Código de Procedimiento Civil son susceptibles de los recursos ordinarios y extraordinari
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Talca, siete de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado Víctor Manuel Morales Núñez en representación del ejecutado AMÉRICO ERNESTO MONTENEGRO BRAVO, en juicio de cobro de obligaciones tributarias caratulados “TESORERIA REGIONAL DE TALCA con MONTENEGRO BRAVO, AMERICO ERNESTO”, causa Rol Administrativo 12.374-2024 de la comuna de Talca, quien de confo
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