RICARDO NICOLAS MUNOZ GOMEZ C/ JAVIER HERNAN SUBIABRE GUELEH
Rol
Fecha
7 de marzo de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, no desvirtuando los argumentos del recurrente lo que viene decidido por la jueza quo y compartiendo los argumentos de la misma, en especial aquellos que dicen relación con el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 140 del Código Procesal Penal, más si se logra vislumbrar un actuar conjunto que, en esta etapa procesal, permite establecer dolo común que cuestiona de la defensa y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, en audiencia de veintisiete de febrero del año en curso, por la que dispuso la medida de prisión preventiva respecto del imputado Javier Hernán Subiabre Gueleh. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo Rol N°84-2025. Penal.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, siete de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, no desvirtuando los argumentos del recurrente lo que viene decidido por la jueza quo y compartiendo los argumentos de la misma, en especial aquellos que dicen relación con el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 140 del Código Procesal Penal, más si se logra vislumbrar un actu
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