SERVICIOS FORESTALES BALLOTTA SPA/AUTOMOTORA COMERCIAL COSTABAL Y ECHEÑIQUE S.A. (COSECHE)
Rol
Fecha
7 de marzo de 2025
Materia
APELACIÓN INCIDENTE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: PRIMERO: Que la parte querellante y demandante, presenta recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 27 de noviembre de 2024, que acoge excepción de incompetencia absoluta que fuera alegada por el querellado y demandado COSECHE S.A. SEGUNDO: Que la presente causa se inicia con una querella infraccional y demanda civil, interpuesta por SERVICIOS FORESTALES BALLOTTA SPA, en contra de AUTOMOTORA COMERCIAL CISTABAL Y ECHEÑIQUE S.A. TERCERO: Que el querellado y demandado opone la excepción de incompetencia absoluta, toda vez que el querellante no tiene la calidad de consumidor, por cuanto que tiene la calidad de intermediario, siendo un prestador de servicio. CUARTO: Que el artículo 1 N°1 de la Ley N°19.496, señala: 1.- Consumidores o usuarios: las personas naturales o jurídicas que, en virtud de cualquier acto jurídico oneroso, adquieren, utilizan, o disfrutan, como destinatarios finales, bienes o servicios. En ningún caso podrán ser considerados consumidores los que de acuerdo al número siguiente deban entenderse como proveedores. QUINTO: Que las alegaciones efectuadas por el querellado y demandado, son alegaciones de fondo, las cuales dicen relación con la calidad del sujeto activo en la presente causa, alegaciones y defensa, que debieron ser resueltas en la sentencia definitiva, con toda la prueba rendida, y no en forma preliminar. En razón de lo anterior, será revocada a resolución recurrida. Visto lo dispuesto en el artículo 1 de la ley N°19.496, SE REVOCA la resolución de fecha veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro, del Juzgado de Policía Local de Lumaco, en los autos Rol 17.376-2023, y en su lugar se declara que el tribunal es competente para conocer la querella y demanda civil, debiendo continuar con la tramitación de la presente causa. Redacción de la Ministra (S) Viviana Ibarra Mendoza. Devuélvase. N°Policia Local-292-2024 (pvb).
Fallo
se declara que el tribunal es competente para conocer la querella y demanda civil, debiendo continuar con la tramitación de la presente causa. Redacción de la Ministra (S) Viviana Ibarra Mendoza. Devuélvase. N°Policia Local-292-2024 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, siete de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: PRIMERO: Que la parte querellante y demandante, presenta recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 27 de noviembre de 2024, que acoge excepción de incompetencia absoluta que fuera alegada por el querellado y demandado COSECHE S.A. SEGUNDO: Que la presente causa se inicia con una querella infraccional y demanda ci
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica