SIN INFORMACION

MENDOZA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTROS

Rol

Fecha

7 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, interpone recurso de protección en favor de doña Michelle Daniela Mendoza del Riego, de nacionalidad venezolana, con domicilio en calle Ventura Viel N°1337, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional, don Luis Thayer Correa, domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago; el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por su Ministra, doña Carolina Montserrat Tohá Morales, domiciliados en Palacio de La Moneda S/N, comuna de Santiago; y la Subsecretaria del Interior y Seguridad Pública, representada por su Subsecretario, don Luis Cordero Vega, domiciliados en Palacio de La Moneda S/N, comuna de Santiago; en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de nacionalización formulada el 6 de octubre de 2022, lo que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, evacua informe y solicita el rechazo de la acción constitucional deducida por no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Señala que la recurrente mantiene residencia definitiva en el país desde el 30 de agosto de 2018; que el 6 de octubre de 2022 solicitó carta de nacionalización; y que, el 29 de julio de 2024, se remitieron los antecedentes al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, encontrándose la solicitud en etapa de “Ratificación de Autoridad”. Ex

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se declara: I.- Se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Michelle Daniela Mendoza del Riego en contra del Servicio Nacional de Migraciones. II.- Se acoge el mismo recurso en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y la Subsecretaria de Interior, y solo en cuanto dichos organismos deberán emitir el pronunciamiento que les corresponde, previa verificación de los requisitos pertinentes que deban concurrir al caso, dentro del plazo de noventa días corridos, contado desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. N°5900-2024 Protección. PAGE 3

Texto Completo (Preview)

San Miguel, siete de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, interpone recurso de protección en favor de doña Michelle Daniela Mendoza del Riego, de nacionalidad venezolana, con domicilio en calle Ventura Viel N°1337, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional,

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