ANONIMIZADO
Rol
Fecha
7 de marzo de 2025
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y que pese a que la parte demandante se encuentra inscrito en el registro de deudores de pensiones de alimentos, lo cierto es que junto con la presentación de la demanda se allegaron antecedentes estimados por esta Corte como calificados, que permiten entablar la acción, lo que no obsta al análisis de fondo que deberá realizar el Tribunal A Quo con el mérito de la prueba que se rinda. Por estas consideraciones, y atendido además lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca la resolución apelada de fecha dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada en los autos RIT...
Fallo
Por estas consideraciones, y atendido además lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca la resolución apelada de fecha dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada en los autos RIT...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y que pese a que la parte demandante se encuentra inscrito en el registro de deudores de pensiones de alimentos, lo cierto es que junto con la presentación de la demanda se allegaron antecedentes estimados por esta Corte como calificados, que permiten entablar la acción, lo que no obst
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