1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN CARLOS

/QUIJADA

Rol

Fecha

6 de marzo de 2025

Materia

LIQUIDACIÓN SIMPLIFICADA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, se desprednde que el vehículo marca Ford Focus, año 2006, número de inscripción ZR.6871-7, en cuya enajenación funda la incidencia el liquidador concursal, pertenecía en comunidad a la deudora, tras el fallecimiento de doña María Barbarita Barra Salgado, habiendo, en su oportundidad, puesto a disposición de la masa el producto de la venta respectiva, no cumpliéndose los presupuestos del artículo 169 A de la Ley 20.720. Y teniendo en consideración, además, lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro, y en su lugar se declara que se rechaza la incidencia planteada por el liquidador a folio 27 del cuaderno de Admnistración Concursal. Notifíquese, en su oportunidad devuélvase. N°Civil-28-2025.

Fallo

se declara que se rechaza la incidencia planteada por el liquidador a folio 27 del cuaderno de Admnistración Concursal. Notifíquese, en su oportunidad devuélvase. N°Civil-28-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán GIP/ Chillán, seis de marzo de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, se desprednde que el vehículo marca Ford Focus, año 2006, número de inscripción ZR.6871-7, en cuya enajenación funda la incidencia el liquidador concursal, pertenecía en comunidad a la deudora, tras el fallecimiento de doña María Barbarita Barra Salgado, habiendo, en su oportundidad,

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