2º JUZGADO DE LETRAS DE OSORNO

PÉREZ/MUNICIPALIDAD OSORNO

Rol

Fecha

6 de marzo de 2025

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: 1º Que, en autos Rol C-2218-2022 seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras de Osorno se alzó en apelación el demandante en contra de la sentencia definitiva dictada el 6 de marzo de 2024 que acogió parcialmente la demanda. 2º Consta, de la revisión del expediente de primera instancia, que la demandada fue notificada de la sentencia el 12 de marzo de 2024. Asimismo, la causa fue archivada el 16 de septiembre de 2024 y el 11 de octubre de 2024 el demandante dedujo recurso de apelación a la vez que solicitó el desarchivo de la causa. Posteriormente, el 15 de octubre de 2024 el A quo desarchivó la causa, tuvo por notificado -con esa misma fecha- al actor y concedió el recurso de apelación. Luego, el 17 de octubre de 2024 la demandada solicitó se declare el abandono del procedimiento lo que fue acogido por el Tribunal el 13 de noviembre de 2024. 3º Consta de los antecedentes que en estos autos se declaró el abandono del procedimiento conforme lo dispuesto en los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, resolución que se encuentra firme y ejecutoriada. 4º Que, según lo razonado, se advierte que el recurso de apelación ha perdido oportunidad, pues el procedimiento ha sido declarado abandonado, con lo cual se omitirá pronunciamiento respecto del fondo tal como se dirá en lo resolutivo. Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 152 y ss. del Código de Procedimiento Civil se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación deducido por la parte demandante en contra de la sentencia de seis de marzo de dos mil veinticuatro dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Osorno, al no existir asunto que deba conocer esta Corte. Comuníquese. Rol 1389 – 2024 Civil.

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 152 y ss. del Código de Procedimiento Civil se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación deducido por la parte demandante en contra de la sentencia de seis de marzo de dos mil veinticuatro dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Osorno, al no existir asunto que deba conocer esta Corte. Comuníquese. Rol 1389 – 2024 Civil.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, seis de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo únicamente presente: 1º Que, en autos Rol C-2218-2022 seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras de Osorno se alzó en apelación el demandante en contra de la sentencia definitiva dictada el 6 de marzo de 2024 que acogió parcialmente la demanda. 2º Consta, de la revisión del expediente de primera instancia, que la demandada fue not

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