SIN INFORMACION

RODRIGUEZ LOAIZA RUBEN DARIO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

6 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el abogado Claudio Quiroga Hinojosa recurre de amparo a favor de Rubén Darío Rodríguez Loaiza, colombiano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la dictación de la Resolución Exenta N° 23306719 que rechazó su solicitud de regularización y dispuso el abandono del país dentro del plazo de 5 días. Sostiene que la resolución impugnada constituye un acto desproporcionado, arbitrario e ilegal que vulnera el derecho a la libertad personal del amparado, consagrado en el N° 7 del artículo de la Constitución Política de la República, toda vez que le impide residir y permanecer en el país, vulnerándose con ello los principios internacionales ratificados por Chile que promueven la mantención del núcleo familiar, consagrado además en el artículo N° 1 de la ya citada Constitución. Señala que su representado vive junto a su conviviente Luz Myriam Cano Henao con quien tiene una unión de hecho, quien es también la madre de sus hijas que individualiza. Agrega que Rodríguez Loaiza tiene trabajo estable como conserje tal como consta de su contrato de trabajo por lo que su permanencia no ha implicado un gasto económico para el Estado. Reconoce que con fecha 31 de marzo de 2017 el Primer Juzgado de Garantía de Santiago condenó a su representado a la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, quedando en consecuencia sujeto a la discreta vigilancia y observación de Gendarmería de Chile por el lapso de 541 días, imponiendo al condenado las condiciones de residencia, sujeción al control administrativo y asistencia a Gendarmería de Chile, y prohibición de ejercer un oficio o empleo según lo señala el artículo 17 de la Ley N° 20.603, como asimismo la dispuesta en la letra d) del artículo 17 ter de la misma ley, por el delito de tráfico ilícito de sustancias ilícitas y estupefacientes del artículo 3 de la Ley N° 20.000. Pide que se anule y se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 23306719, como asimismo la medida de abandono, y se permita a su representado ingresar una nueva solicitud de residencia temporal para así poder permanecer en Chile, o bien que esta Corte adopte las medidas que estime pertinentes. Segundo: Que, con fecha 4 de marzo de 2025 compareció el abogado Elver Luciano Noriega Arteaga por la recurrida, evacuando el informe que le fuera requerido a su representada. Pide que se rechace la presente acción constitucional de amparo en todas sus partes atendido que no existe acto u omisión arbitrario o ilegal por parte de su representada que prive perturbe o amenace el legítimo ejercicio de la recurrente respecto de las garantías constitucionales de libertad personal y seguridad individual. Tercero: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República, consagra la denominada acción de amparo y dispone, en lo pertinente, que: “Todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre,

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Santiago, a seis de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: Que, el abogado Claudio Quiroga Hinojosa recurre de amparo a favor de Rubén Darío Rodríguez Loaiza, colombiano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la dictación de la Resolución Exenta N° 23306719 que rechazó su solicitud de regularización y dispuso el abandono del país dentro del plazo de 5 días. So

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