SIN INFORMACION

JOHANNA ELIZABETH CASTILLO PIZARRO /JUZGADO DE GARANTIA DE VALPARAISO

Rol

Fecha

6 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 doña Johanna Elizabeth Castillo Pizarro interpone recurso de protección en contra del Juzgado de Garantía de Valparaíso, por haber incurrido en una actuación arbitraria, debido a que se encuentra asociado su nombre en la causa RIT 10968-2015, del Juzgado de Garantía de Valparaíso, situación que le ha provocado inconvenientes en un proceso de adopción, vulnerando las garantías de los numerales 1°, 2° y 4° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que junto a su marido están haciendo gestiones para poder adoptar una niña y el 26 de noviembre de 2024 recibió un correo electrónico del Servicio Nacional de Protección Especializada de la Niñez y Adolescencia, en el que se le solicitó aclarar su registro en la causa ya indicada, relacionada al delito de amenazas contra las personas y la propiedad. Sostiene que, en dicho proceso, el Ministerio Público solicitó que se aprobara su decisión de no iniciar la investigación penal, lo que fue aprobado por no constituir delito. Añade que es imposible que exista un proceso judicial en su contra en la comuna de Valparaíso, por cuanto no vive ni se ha encontrado en forma transitoria en la misma. Además, existe una disconformidad con su nombre y no se registra su número de rut. Argumenta que, al parecer, se trata de un error judicial que la ha afectado psíquicamente y vulnerado sus garantías constitucionales, por lo que solicita dejar sin efecto el registro judicial en el que aparece como si hubiese cometido un delito, lo que resulta infamante y la pone en problemas en el proceso de adopción. A folio 5, informa el Juzgado de Garantía de Valparaíso, manifestando que en los autos RIT 10968-2015, el Ministerio Público solicitó se aprobara su decisión de no iniciar la investigación, fundado en que los hechos no configuran delito, ya que no se aprecia una situación tal que revista la seriedad y gravedad que amerite una intervención penal, observando que se trata de un conflicto sin motivaciones

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el recurso de protección constituye una acción de naturaleza cautelar que tiene por objeto amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales establecidas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, frente a actos u omisiones ilegales y arbitrarias que vulneren el ejercicio de los mismos, mediante la adopción de medidas destinadas a restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que, la recurrente por esta vía extraordinaria solicita que se deje sin efecto el registro judicial contenido en la causa RIT N° 10968-2015, del Juzgado de Garantía de Valparaíso, argumentando que su inclusión en calidad de denunciada en dicho procedimiento corresponde a un error que perjudica su postulación en un proceso de adopción. Tercero: Que, el Juzgado de Garantía de Valparaíso informa que el Ministerio Público solicitó que se aprobara su decisión de no iniciar la investigación indicando que esta se inició en virtud del oficio enviado por el Primer Juzgado de Policía Local de Valparaíso, en el que se consigna una denuncia en que los hechos no eran constitutivos de delito alguno, al tratarse de un problema vecinal, aprobando la decisión de no iniciar la investigación por resolución de veintiséis de noviembre del año dos mil quince. Cuarto: Que, la Fiscalía Regional de Valparaíso informó que habiendo transcurrido el plazo de prescripción se destruyó la carpeta investigativa no contando con mayores antecedentes. Quinto: Que, del mérito de lo informado por el Juzgado de Garantía de Valparaíso y la Fiscalía Regional, no existen antecedentes que permitan establecer fehacientemente la identidad de la persona que cometió el posible ilícito al cual se la asocia a la actora. En efecto, no existe ni siquiera coincidencia en el nombre de ésta, ya que el oficio remitido por el Fiscal Regional de Valparaíso la nombra como “Joanna” y la resolución remitida por el Tribunal recurrido la señala como “Joanna” de manera tal que no existe tampoco claridad del nombre de la denunciada cuyo nombre es “Johanna”, ni existe un Rut asociado a su identidad que permita a estos sentenciadores identificarla con precisión, razón por la cual no podrá prosperar la presente acción. Por las consideraciones expuestas, y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso interpuesto a favor de Johanna Elizabeth Castillo Pizarro en contra del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-7359-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de marzo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 doña Johanna Elizabeth Castillo Pizarro interpone recurso de protección en contra del Juzgado de Garantía de Valparaíso, por haber incurrido en una actuación arbitraria, debido a que se encuentra asociado su nombre en la causa RIT 10968-2015, del Juzgado de Garantía de Valparaíso, situación que le ha provocado in

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