MP C/ JEAN PAUL JESUS PINEDA CORTES
Rol
Fecha
6 de marzo de 2025
Materia
MARCH SIT SUC SIN PREST AUX VICTIMA. ART 195 INC 2° Y 3°
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, del mérito de lo expuesto, aparece que en este estadio procesal se encuentran acreditados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por lo menos respecto de uno de los delitos materia de la formalización, el de manejo en estado de ebriedad con resultado de lesiones y daños. En cuanto a la necesidad de cautela, a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, se estima que se ve satisfecha con las medidas dispuestas por el tribunal a quo,
Fundamentos
considerando que el imputado registra un proceso pendiente por amenazas y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar en que se dispuso la suspensión condicional del procedimiento, la que se encontraba vigente a la época de los hechos. Todo lo que justifica no disminuir la cautela que se impugna, por no existir antecedentes suficientes para ello. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140, 155, 352 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veinticinco de febrero en curso, en los autos RIT 683-2025 del 15° Juzgado de Garantía de Santiago, que sometió a Jean Paúl Pineda Cortes a las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del código en comento, esto es, arresto domiciliario nocturno entre las 22:00 y 06:00 horas del día siguiente, arraigo nacional y la prevista en el artículo 197 inciso 4° de la Ley N°18.290 consistente en la suspensión provisoria de la licencia de conducir. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 710-2025 Penal
Texto Completo (Preview)
Fecha: a seis de marzo de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 710-2025 RIT: 683-2025 Ruc: 2500259525-K Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago Relator (a): Natalia Arancibia Sepúlveda Abogado asesor del Ministerio Público: Yelica Lusic Nadal Defensor penal público: Aníbal Llanos Gutiérrez Imputado: Jean Paúl Pineda Cortes Tipo de Recurso: Apelación- cautelar Delito: Conducción en e
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