MINISTERIO PUBLICO C/ PABLO IGNACIO AGUILAR ALVARADO
Rol
Fecha
5 de marzo de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, estimándose que concurren indicios que justifican la existencia del delito por el que se ha formalizado al imputado, además de presunciones fundadas de su participación en calidad de autor y,
Fundamentos
considerando que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada por la ley al delito que se le imputa, carácter, forma y circunstancias de su comisión, así como el haber sido condenado por delito al que la ley asigna igual o mayor pena, a lo que se añade la concurrencia de peligro para la seguridad de las víctimas, al existir presunciones fundadas de que podría cometer actos en su contra; y visto lo dispuesto en el artículo 140 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintiséis de febrero del año dos mil veinticinco, por la que se decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado PABLO IGNACIO AGUILAR ALVARADO. Comuníquese y devuélvase. Rol N° 87-2025 (Penal).
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Coyhaique, cinco de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, estimándose que concurren indicios que justifican la existencia del delito por el que se ha formalizado al imputado, además de presunciones fundadas de su participación en calidad de autor y, considerando que su libertad constituye un peligro p
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