JUZGADO DE GARANTIA DE TALCA

MP C/ PATRICIO RUDECINDO GONZALEZ GONZALEZ

Rol

Fecha

5 de marzo de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA/COMUNICAR.

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes allegados al proceso, los que resultan suficientes para presumir fundadamente la participación del imputado González González, en los delitos que se investigan y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de cuatro de marzo del año en curso, en causa R.I.T. 2718-2025 del Juzgado de Garantía de Talca y, en su lugar, se declara que se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Patricio Rudecindo González González. Acordada con el voto en contra del abogado integrante don Leonardo Mazzei Parodi, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada y aplicar otras medidas cautelares de menor intensidad, como son la privación parcial de libertad, en modalidad nocturna, en el domicilio del imputado y el arraigo nacional. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol 250-2025/Penal.

Fallo

se declara que se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Patricio Rudecindo González González. Acordada con el voto en contra del abogado integrante don Leonardo Mazzei Parodi, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada y aplicar otras medidas cautelares de menor intensidad, como son la privación parcial de libertad, en modalidad nocturna, en el domicilio del imputado y el arraigo nacional. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol 250-2025/Penal.

Texto Completo (Preview)

Talca, cinco de marzo de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes allegados al proceso, los que resultan suficientes para presumir fundadamente la participación del imputado González González, en los delitos que se investigan y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audienc

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