1º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ JORDAN MANUEL VERGARA MARCHANT

Rol

Fecha

5 de marzo de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y oídos los intervinientes: Que atendidos los antecedentes expuestos en estrados, la gravedad del hecho, al cual la ley asigna pena de crimen, tratándose de un delito de aquellos considerados por la doctrina como pluriofensivos y que el imputado presenta antecedentes penales, todo lo cual cumple con los criterios que el legislador ha tenido a la vista para estimar concurrente el peligro para la seguridad de la sociedad, incluso bajo el estándar de “última ratio” de la prisión preventiva, siendo los cuestionamientos a los presupuestos materiales para decretarla insuficientes, por ahora, a fin de modificarla por una medida cautelar de menor intensidad, no habiendo novedad, ni variación respecto a lo que ya ha planteado previamente la recurrente en estrados para alterar lo que se ha venido decidiendo. Por estos

Fundamentos

fundamentos y lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiuno de febrero de 2025, dictada por el Primer Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Jordan Manuel Vergara Marchant. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Penal N° 1114-2025 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra Inelie Durán Madina, conformada por la Ministra suplente señora Paula Rodríguez Fondón y el Abogado Integrante señor Cristian Parada Bustamante. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, cinco de marzo de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-1114-2025 Ruc: 2401034795-1 Rit : O-3898-2024 Juzgado: 1º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministra señor Inelie Durán Madina, la Ministra suplente señora Paula Rodriguez Fondon y el Abogado Integrante señor Cristian Parada Bustamante Relator: Diego Barahona Digitadora:

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