C/ FANNY CAROLINA SALINAS PALMA
Rol
Fecha
5 de marzo de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Por los argumentos señalados en esta audiencia y que constan en el registro de audio respectivo, se revoca la resolución apelada de tres de marzo del presente año, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago y se decide, en cambio, que Fanny Carolina Salinas Palma debe quedar sujeta a la medida cautelar de prisión preventiva, por ser su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordado lo anterior con el voto en contra de la abogada integrante señora Krause, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
se decide, en cambio, que Fanny Carolina Salinas Palma debe quedar sujeta a la medida cautelar de prisión preventiva, por ser su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordado lo anterior con el voto en contra de la abogada integrante señora Krause, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, cinco de marzo de dos mil veinticinco. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-1103-2025 Ruc: 2401474804-7 Rit : O-9372-2024 Juzgado: 8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Juan Cristobal Mera Muñoz, señor Antonio Ulloa Márquez y el Abogado Integrante señora Soledad Krause Muñoz Relator: Fernando Risco Digitador (a): Carolina Hermosilla Co
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