SIN INFORMACION

JEAN LOUIS WISLET/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º Se recurre de amparo por la ciudadana haitiana Wislet Jean Louis contra el Servicio Nacional de Migraciones por la afectación de sus derechos tutelados en el artículo 19 N°7 del texto fundamental, ocasionada ilegalmente con el rechazo de la residencia definitiva solicitada el 29 de noviembre de 2021 y la orden de abandonar del país al no remitir copia de la sanción impuesta por situación migratoria irregular, según resolución exenta N°24339559 de 12 de julio de 2024. Se pide ordenar como medida para restablecer el imperio del derecho, dejar sin efecto lo resuelto y continuar el procedimiento substanciado para el otorgamiento de la residencia definitiva solicitada. 2º Por el Servicio se informa y pide el rechazo del recurso, pues no se decidió la expulsión de la recurrente, sino sólo la denegación de la permanencia definitiva solicitada y el abandono del país de la persona interesada, sin perjuicio de informar acerca de la reserva de impugnación administrativa, cuyo ejercicio aquélla no realizó. La resolución exenta N°24339559 de 12 de julio de 2024 -explica-, se motivó en la inobservancia a los 60 días y 10 adicionales, otorgados al interesado para allegar la resolución de regularización de su situación migratoria y los comprobantes de pago de multas por residencia irregular. Sin perjuicio, refiere la situación migratoria irregular arrastrada más de un año de vencida su última visa temporaria, otorgada por resolución de 18 de octubre de 2018 hasta el 18 de octubre de 2019. Se cita el artículo 91 N°4 de la Ley N°21.325, en cuanto prescribe sobre el plazo a fijar en la resolución de rechazo o revocación de un permiso de permanencia, para el abandono del país por quien obtenga ese pronunciamiento, cuya exégesis denota voluntariedad para la persona interesada, pero no una medida compulsiva. Finalmente, se califica la pretensión esbozada como lesiva de la igualdad ante la ley, al utilizarse una vía cautelar de urgencia para revivir una

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el auto acordado sobre tramitación del recurso de amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido por Wislet Jean Louis. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°634-2025 Amparo.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cinco de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1º Se recurre de amparo por la ciudadana haitiana Wislet Jean Louis contra el Servicio Nacional de Migraciones por la afectación de sus derechos tutelados en el artículo 19 N°7 del texto fundamental, ocasionada ilegalmente con el rechazo de la residencia definitiva solicitada el 29 de noviembre de 2021 y la orden de ab

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