SIN INFORMACION

DE LA GUARDA/DIRECCION DEL TRABAJO Y OTROS

Rol

Fecha

4 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos que motivan la acción, ya que no resulta responsable del contenido de la publicación ni de la solicitud de publicación de las deudas previsionales de los empleadores; incluso, de acogerse la acción no podría eliminar de la base de datos de DICOM EQUIFAX una deuda previsional, por carecer de facultades para ello. Alega la falta de arbitrariedad y de ilegalidad, porque las únicas responsables de la información sobre morosidades por cotizaciones que se publican las instituciones previsionales, ya que son los organismos de seguridad social remiten la información relativa a deuda previsional, la cual es rescatada por el Boletín Laboral y Previsional (Equifax), para la competente confección y publicación de este. 3) A folio 20 informó AFC Chile, Seguro de Cesantía. Señaló que, de acuerdo con los antecedentes registrados en su base de datos, el empleador Allianz Zero Emissions S.A. registra una deuda por un monto nominal de $216.000, la cual actualizada al día 31 de enero de 2025, asciende a un monto total de $1.159.537.- y que se han originado por Declaraciones y No Pago presentadas por los períodos 08/2020, 09/2020, 11/2020, 12/2020 y 09/2022, correspondientes a los trabajadores doña Antaira de la Guarda Jaque, Rut. N°20.264.567-4 y de don Emir Javier de la Guarda Caminos, Rut. N°10.691.475-3. Por tal motivo, esta Sociedad Administradora inició las acciones de cobranza judicial en contra de la Recurrente en los términos que ordena la Ley N°19.728 (artículo 11) y el Compendio de Normas de Seguro, cuya deuda se encuentra requerida de pago a la fecha mediante demandas judiciales RIT P-6222-2021 y RIT P-13167-2021, ingresadas en el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago con fechas 01/03/2021 y 14/05/2021 respectivamente. Sin embargo, no ha sido posible notificar al deudor debido a que éste resultó inubicable en el domicilio que la misma Recurrente informó en su oportunidad (Av. Vitacura N°2929 – N°2939, Las Condes). A su turno, en cumplimiento de l

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1) Comparece doña Antaira de La Guarda Jaque, comerciante, en representación de la sociedad Allianz Zero Emissions S.A., e interpone acción constitucional de protección en contra de AFP Modelo S.A., AFP ProVida S.A., Administradora de Fondos de Cesantía -AFC- y de la Dirección del Trabajo, fundada en que las recurridas publican supuestas deudas previsionales de los socios y accionistas de la sociedad Allianz Zero Emissión S.A., entendiendo sea la sociedad como deudora, situación que denuncia como ilegal y arbitraria porque el D.L. Nº3.500, que regula el pago de cotizaciones previsionales no se aplicaría a los socios y accionistas de una sociedad mercantil, quienes no tienen obligación de cotizar, señalando que se amenazan los derechos constitucionales a la sociedad que representa, en particular los consagrados en los numerales 2, 3, 4, 21 y 24 de la Constitución Política de la República. Indica que lo anterior se debe a que las recurridas no acataron en tiempo y forma la solicitud de eliminar de las bases de datos de Dicom Equifax una supuesta deuda previsional, que no existe, y de la cual se tomó conocimiento el 8 de enero de 2025, concurriendo a las respectivas oficinas de las recurridas a solicitar la eliminación el 10 de enero de 2025, lugares donde se le indicó que las morosidades están bien publicadas y que solo se eliminaran cuando se paguen las mismas. Solicita se acoja la acción, y “se resuelva en definitiva que la RECURRIDA (sic), debe proceder a ELIMINAR TODA INFORMACIÓN QUE HACE APARECER COMO DEUDORA MOROSA DE UNA DEUDA QUE NO EXISTE A LA SOCIEDAD ALLIANZ ZERO EMISSIONS S A (sic)”. 2) A folio 13 informó la Dirección del Trabajo. Alegó la falta de legitimación pasiva por no existir acción u omisión alguna de su parte en los hechos que motivan la acción, ya que no resulta responsable del contenido de la publicación ni de la solicitud de publicación de las deudas previsionales de los empleadores; incluso, de acogerse la acción no podría eliminar de la base de datos de DICOM EQUIFAX una deuda previsional, por carecer de facultades para ello. Alega la falta de arbitrariedad y de ilegalidad, porque las únicas responsables de la información sobre morosidades por cotizaciones que se publican las instituciones previsionales, ya que son los organismos de seguridad social remiten la información relativa a deuda previsional, la cual es rescatada por el Boletín Laboral y Previsional (Equifax), para la competente confección y publicación de este. 3) A folio 20 informó AFC Chile, Seguro de Cesantía. Señaló que, de acuerdo con los antecedentes registrados en su base de datos, el empleador Allianz Zero Emissions S.A. registra una deuda por un monto nominal de $216.000, la cual actualizada al día 31 de enero de 2025, asciende a un monto total de $1.159.537.- y que se han originado por Declaraciones y No Pago presentadas por los períodos 08/2020, 09/2020, 11/2020, 12/2020 y 09/2022, correspondientes a los trabajadores doña Antaira d

Fallo

Por lo expuesto, y con objeto de revisar la situación planteada y considerar la eliminación total o parcial tanto de la deuda en cobranza como de aquella publicada en el Boletín Laboral, la Recurrente debiera presentar los antecedentes que acrediten la representatividad legal y porcentaje de participación de la señora Antaira de la Guarda Jaque, Rut.: 20.264.567-4 y de don Emir Javier de la Guarda Caminos, Rut.: 10.691.475-3, en la sociedad Allianz Zero Emissions S.A. Sostiene que no ha hecho sino cumplir con las disposiciones de carácter obligatorio establecidas en la Ley y en el Compendio, no existiendo a la fecha, fundamento alguno que sustente los hechos alegados por la Recurrente en su presentación. 4) A folio 22 informó AFP ProVida. Primero, indica que la presente acción no es la vía idónea para resolver una materia como la expuesta por la parte recurrente, que requiere de un juicio de lato conocimiento con carácter contradictorio, y que los procedimientos para presentar antecedentes y desvirtuar lo indicado en certificado emitido por Boletín Laboral, son los juicios de cobranza previsional, de acuerdo a procedimiento establecido en la ley 17.322, por lo que esta acción evade la tramitación normal y el debido proceso que ha sido establecido por el legislador. Indica que en su base de datos se registra deuda respecto del afiliado Emir Javier de la Guarda Caminos, por los periodos de agosto y septiembre del año 2020, cuya deuda nominal asciende a $134.400 pesos sin co

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, cuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: 1) Comparece doña Antaira de La Guarda Jaque, comerciante, en representación de la sociedad Allianz Zero Emissions S.A., e interpone acción constitucional de protección en contra de AFP Modelo S.A., AFP ProVida S.A., Administradora de Fondos de Cesantía -AFC- y de la Dirección del Trabajo,

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