SIN INFORMACION

PIZARRO/GENDARMERÍA DE CHILE, SUBDEPARTAMENTO OPERATIVO NACIONAL

Rol

Fecha

4 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece don CESAR PIZARRO PIZARRO, quien deduce un recurso de amparo en favor de don JUAN HERNÁN TUREUNA SOTO, cedula nacional de identidad N° 16.585.101-3, persona privada de libertad que actualmente se encuentra recluido en el penal Angol, sector de Tránsito, conforme a los siguientes antecedentes: Comienza señalando que el interno desde los primeros días de su privación de libertad ha sido víctima de agresiones físicas y psicológicas de parte de otras personas privadas de su libertad, teniendo que defenderse constantemente de los ataques que recibía, siendo castigado y sancionado con frecuencia por participar en peleas y riñas, las cuales se registran en su hoja de vida personal intrapenitenciaria. El amparado fue condenado a la pena de 300 días por el delito de desacato a la autoridad + 41 días, por el delito de amenazas. La familia del interno hace 2 días recibió un llamado telefónico de parte de otra persona privada de libertad, dándoles aviso que su familiar era trasladado al penal de Concepción, traslado que no había solicitado el interno ni sus familiares, los cuales cuentan con residencia en la comuna de Vilcun, familia de escasos recursos, que no cuentan con los medios económicos para viajar a visitarlo a distancias, además de las avanzadas edades de sus padres. Hoy la familia del interno recibió nuevo aviso desde la unidad penal de Angol donde les indicaron que estaba de vuelta en este recinto penal debido a falla mecánica del vehículo institucional. Agrega que si el amparado ha pasado por peligros y problemas en las unidades penales por donde ha permanecido en Angol – Temuco, será aún más peligroso para su vida e integridad física si es trasladado a unidades penales concesionadas y alejadas de su zona de origen y residencia, donde quedara a la deriva, sin visitas ni apoyos externos con ingresos de insumos básicos de aseo personal, ropa, alimentos o ropa, mediante los ingresos de encomiendas. La condena del amparado es baja, se

Fundamentos

motivos de por qué se encuentra en calidad de aislado en el sector de tránsito en la unidad penal de Angol, los motivos de su intento de traslado al penal de Concepción e ingreso últimamente al penal de Angol. Es

Fallo

por estas razones y hechos expuestos, que pide para que por favor y con URGENCIA, pueda garantizar la seguridad de Juan Hernán Tureuna Soto y ampararlo mientras gendarmería de Chile, resuelve o aclara esta situación expuesta y denunciada, solicitar el traslado de unidad penal para el interno, hacia la unidad penal de TRAIGUEN, lugar donde no debería tener problemas de índole carcelario con sus pares ni con el personal de gendarmería a cargo y donde podrá ser visitado con normalidad, ya que su familia y seres queridos cuentan con residencia en la comuna de Vilcun. Pide tener por ejercida la acción constitucional de amparo en favor del interno Juan Hernán Tureuna Soto, admitirlo a tramitación y acogerlo en todas sus partes. A folio 4, evacúa informe don CÉSAR PÉREZ SEPÚLVEDA, Alcaide (S) del Centro de Detención Preventiva de Angol, en los siguientes términos: Explica que con fecha 03 de febrero del presente se procedió a efectuar Informe Técnico solicitando la salida del referido a otra unidad penal, debido a que se encuentra con segmentación agotada en este penal, por lo que su intento de traslado, el cual se materializó el día de ayer 26 de febrero del presente al Complejo Penitenciario del Biobío por orden de la Superioridad Institucional, se debió a que el interno fue reclasificado en diferentes módulos no siendo recibido por sus pares, puesto que mantenía diversos conflictos con el resto de la población penal, agotando sus posibilidades de segmentación en esta unidad, po

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, cuatro de marzo de dos mil veinticinco. Al folio 10: A lo principal: Estese a lo resuelto con fecha tres marzo del año en curso. Al primer otrosí: Por acompañados. Al segundo otrosí: Téngase presente. Vistos: A folio 1, comparece don CESAR PIZARRO PIZARRO, quien deduce un recurso de amparo en favor de don JUAN HERNÁN TUREUNA SOTO, cedula nacional de identidad N° 16.585.101-

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