SIN INFORMACION

VALERIA CRISTINA MOGOLLON CORZO/SERVICIO NACIONAL NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

4 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece Valeria Cristina Mogollón Corzo, trabajadora dependiente, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por Luis Eduardo Thayer Correa, a fin que se declare la arbitrariedad e ilegalidad de la Resolución Exenta N° 23346404 de fecha 9 de septiembre de 2023, Resolución Exenta N°46975 de fecha 13 de octubre de 2023 y del Oficio Ordinario N° 33861 de fecha 27 de junio de 2024, todas del Servicio Nacional de Migraciones. Señala que el día 18 de diciembre de 2018 llegó al país como turista arribando a la ciudad de Concepción donde residía su familia, quienes cuentan con la residencia definitiva. Refiere que desde el 11 de julio del 2019 hasta el 11 de julio del año 2020, tuvo Visa sujeta a contrato, pudiendo suscribir el contrato y desempeñarse como cajera hasta el día 10 de diciembre del año 2019 y, con posterioridad, entre el 1 de febrero y el 3 de marzo de 2020, trabajó de apoyo en cocina y salón como mesera, y desde, el día 1 de abril del año 2020 ha trabajado en la empresa Inversiones Macero Spa, manteniendo relación laboral por más dos años de manera estable, en cumplimiento de la Ley 21.325. Agrega que 17 de junio del año 2020 ingresó solicitud de Visa de Residencia Definitiva N°6097426, sin embargo el día 10 de agosto de 2023 se le notifica del rechazo previo de la solicitud por no cumplir con el plazo de 2 años de Visa sujeta a contrato. Luego, el 18 de agosto del mismo año, por medio de Resolución Exenta N° 23311177, se le notifica sobre la aplicación de una sanción pecuniaria por realizar actividades remuneradas sin estar habilitada para ello y el día 8 de septiembre del año 2023 por medio de Resolución Exenta N° 23346404 se le informa del rechazo de la solicitud de residencia definitiva, disponiendo al efecto del abandono inmediato del país dentro de los 10 días contados desde la notificación de la resolución. Ante esto y atendida la gravedad de la medida, con fecha 14 de septiembre del mismo año interpuso recurso administrativo de reposición y jerárquico en subsidio con el objetivo de que apruebe la solicitud de residencia definitiva o, en su defecto, se le permita realizar una nueva solicitud de visado y que se revoque la expulsión del país, siendo informada con fecha 4 de enero de 2024, que el recurso de reposición había sido rechazado sin dar más información al respecto y sin que se haya notificado en forma legal. Frente a este escenario, con fecha 7 de febrero del año 2024 interpuso un recurso extraordinario de revisión en contra de la Resolución Exenta N°23346404 de fecha 8 de septiembre de 2023 que rechaza la solicitud de residencia definitiva a fin de que se le otorgué la residencia temporal y, con fecha 27 de junio del 2024, mediante Oficio Ordinario N° 33861, el Servicio de Migraciones le informa que acoge parcialmente el recurso de reposición en el sentido de rechazar la solicitud de residencia definitiva y sustituyendo la medida de

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones citadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se resuelve: Que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección intentado por Valeria Cristina Mogollón Corzo en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Cúmplase oportunamente con lo establecido en el numeral 14 del mencionado Auto Acordado. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redactada por el ministro señor Jordán. Rol N° 21.681-2024– Protección.-

Texto Completo (Preview)

ARF/ari C.A. de Concepción Concepción, cuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece Valeria Cristina Mogollón Corzo, trabajadora dependiente, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por Luis Eduardo Thayer Correa, a fin que se declare la arbitrariedad e ilegalidad de la Resolución Exenta N° 2334

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