SIN INFORMACION

SUSANA CASTILLO ROJAS/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y OTRO

Rol

Fecha

3 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Se interpone recurso de protección en beneficio de Susan Edith Castillo Rojas, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por la dictación de la Resolución Exenta R- 01-UNRA-185519-2024, de fecha 29 de noviembre de 2024, que confirma el rechazo de la licencia médica N°105343382-7, por reposo no justificado, vulnerando sus derechos fundamentales contenidos en los numerales 1° y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Desde julio de 2023, la actora fue derivada desde Cesfam por dolor de brazo derecho de larga data, que se inicia en hombro y se extiende a codo, parestesia de misma extremidad superior. En abril de 2024, se le diagnostica tendinitis de bíceps braquial derecho rotura parcial de tendón subescapular derecho, entesitis distal y rotura parcial de supraespinoso, epicondilitis y epitrocleitis derecha y, desde mayo de 2024, se encuentra ingresada al programa de salud mental en CECOSF Villa Hermosa y presenta diagnóstico de trastorno de ansiedad, no especificado. Indica que, mediante la resolución impugnada, se rechazó la licencia médica N°105343382-7, extendida por un total de 120 días a contar del 27 de julio de 2024, por reposo no justificado, agregando que la conclusión se basa en que el reposo ya autorizado de 435 días, se considera suficiente para la resolución del cuadro clínico y su reintegro laboral, de acuerdo a los antecedentes médicos tenidos a la vista. La decisión de la Superintendencia es ilegal y arbitraria en consideración a que carece de motivación y fundamento. A su vez que atendida su calidad de Organismo Fiscalizador dispone de las facultades legales para disponer que la COMPIN del domicilio de la actora realice los peritajes de rigor. Solicita que se acoja el recurso, dejando sin efecto la resolución impugnada, ordenando el pago de la licencia médica rechazada. Informa la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, señalando que las resoluciones dictadas, tanto por la COMPIN

Fundamentos

Considerando: I.- En cuanto a la alegación de improcedencia deducida por la Superintendencia de Seguridad Social. Primero: Que, dicha alegación será rechazada, toda vez que, si bien el conocimiento y resolución de las licencias médicas pertenece al campo de la seguridad social, mediante la conducta que se estima como vulneratoria, también se afecta el derecho a la integridad física y psíquica, y el derecho de propiedad, garantías que sí se encuentran tuteladas constitucionalmente, conforme lo establece el artículo 20 de la Constitución Política de la República. II.- En cuanto al fondo del recurso de protección. Segundo: Que, por esta vía constitucional, se impugna la Resolución Exenta R- 01-UNRA-185519-2024, de fecha 29 de noviembre de 2024, que confirma el rechazo de la licencia médica N°105343382-7, por reposo no justificado, vulnerando sus derechos fundamentales contenidos en los numerales 1° y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes que obran en autos, no es posible justificar o sustentar la licencia médica rechazada, por un total de 120 días, más allá de los 435 días ya autorizados. En efecto, los antecedentes médicos allegados por la recurrente no permiten concluir que el reposo prescrito sea imperioso para lograr una mejoría en las afectaciones de salud que padece, con el objeto de retornar a su trabajo, siendo de su cargo, acreditar fehacientemente los presupuestos del reposo laboral invocado. Cuarto: Que, habiendo actuado la recurrida de conformidad a la normativa que regula su actividad, así como a las normas de rango constitucional, el arbitrio no podrá prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones, lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara: I.- Que, se rechaza la alegación de improcedencia de la acción. II.- Que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Susan Edith Castillo Rojas, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-7310-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, tres de marzo de dos mil veinticinco. Visto: Se interpone recurso de protección en beneficio de Susan Edith Castillo Rojas, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por la dictación de la Resolución Exenta R- 01-UNRA-185519-2024, de fecha 29 de noviembre de 2024, que confirma el rechazo de la licencia médica N°105343382-7, por reposo no justificado

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