ELISCAR ROSEMINE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
3 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Carla Cañón Rubio, abogada, quien deduce acción de amparo constitucional en favor de Rosemine Eliscar, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24568934 que archivó su solicitud de residencia definitiva. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que la amparada cumple con todos los requisitos legales para obtener dicho beneficio migratorio, vulnerando sus derechos a la libertad personal, seguridad individual e igualdad ante la ley garantizados constitucionalmente, por lo que solicita se deje sin efecto la referida resolución. Expone que la amparada ha cumplido con toda la reglamentación exigida para obtener su residencia, contando con contrato de trabajo vigente y sin antecedentes penales tanto en su país de origen como en Chile. No obstante, fue notificada de la Resolución Exenta N°24568934 de 11 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva, al no al no cumplir con los requisitos para ello, otorgándosele una residencia temporal. Alega que necesita urgentemente contar con una cédula de identidad vigente para desarrollar su proyecto de vida en Chile. Señala que tiene hijos chilenos, y cuenta con constancia de antecedentes debidamente tramitada y legalizada. Como
Fundamentos
fundamentos jurídicos invoca el artículo 19 N° 7 letra a) de la Constitución Política de la República, que garantiza el derecho a la libertad personal y seguridad individual, incluyendo el derecho a residir y permanecer en cualquier lugar de la República; el artículo 21 del mismo cuerpo normativo y lo dispuesto en el artículo 19 N° 2 de la Constitución, al darle a la recurrente un trato desigual respecto a otros solicitantes en circunstancias similares. Refiere que tanto la doctrina como la jurisprudencia constante han establecido que el habeas corpus es la vía idónea para garantizar la libertad personal de extranjeros frente a órdenes que afecten su libertad ambulatoria. Asimismo, cita jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua (causa 259-2022) que reconoce la vulneración del derecho a la igualdad ante la ley en casos similares. Refiere que una resolución administrativa debe cumplir con exigencias mínimas de razonabilidad, proporcionalidad y fundamentación, según jurisprudencia de la Corte Suprema (Roles 6649-2013 y 30176-2020).
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el recurso y se deje sin efecto la Resolución N°24568934, restableciendo el imperio del derecho al reconocer que la amparada cumple los requisitos para obtener residencia definitiva. Segundo: Que se evacua informe por don Luis Ignacio Salvo, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes, fundamentando su petición en la inexistencia de un actuar ilegal o arbitrario por parte del Servicio en relación con la solicitud de residencia definitiva de la amparada. Señala que con fecha 22 de mayo de 2022, doña Rosemine Eliscar, de nacionalidad haitiana solicitó ante la autoridad migratoria el beneficio de residencia definitiva. Sin embargo, mediante Resolución Exenta N°24568934, de fecha 11 de diciembre de 2024, el Servicio Nacional de Migraciones rechazó la solicitud de residencia definitiva al no presentar el certificado de antecedentes penales de su país de origen, debidamente legalizado o apostillado; otorgándole en subsidio, un permiso de residencia temporal en calidad de titular y por el periodo de un año, decisión que fue oportunamente notificada a la interesada. En dicho sentido, señala una imprecisión en el recurso de amparo, al señalar categóricamente que, a diferencia de lo indicado en el petitorio del recurso, su representada no ha archivado ninguna solicitud de la amparada. En efecto, según consta de la documentación aportada, lo que efectivamente ocurrió fue un rechazo de la
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Carla Cañón Rubio, abogada, quien deduce acción de amparo constitucional en favor de Rosemine Eliscar, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24568934 que archivó su solicitud de residencia definitiva. Actuac
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