SIN INFORMACION

PHILUSMA DANIEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

3 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS PRIMERO: Que comparece Emmanuel Bien-Aime, habilitado en Derecho, de nacionalidad haitiana, en representación de Daniel Philusma, de nacionalidad haitiana, interponiendo recurso de amparo constitucional contra el Servicio Nacional de Migraciones por haber emitido la Resolución Exenta N°25035784 de 23 de enero de 2025, que rechaza la solicitud de residencia definitiva del amparado y dispone el abandono del país, actuación que considera ilegal y arbitraria, vulnerando con ello los derechos a la libertad personal, seguridad individual e igualdad ante la ley, por lo que solicita se deje sin efecto la resolución impugnada. Expone que su representado ingresó a Chile por vía aérea, realizando de inmediato los trámites de regularización migratoria y encontrando trabajo rápidamente. El amparado ingresó la solicitud de residencia definitiva con el N°65220791, proceso al que se dio término mediante la resolución impugnada, que señala como motivo del rechazo que "la persona extranjera no remite el original del certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado". Argumenta que recibió una notificación el día 22 de agosto de 2024, donde se le otorgó un plazo de 10 días hábiles para acompañar el documento, sin embargo, el amparado realizó todas las gestiones posibles para cumplir con el requerimiento en el plazo otorgado, pero debido a las condiciones socioeconómicas de Haití y las dificultades operativas de su embajada en Chile, el documento pudo ser emitido recién el 10 de septiembre de 2024, legalizado el 14 de octubre y traducido el 17 de octubre. A pesar del vencimiento del plazo, el amparado envió la documentación el 21 de octubre de 2024. Destaca que el amparado cuenta con arraigo familiar compuesto por su pareja Jean Denise Lapaix y su hija menor de edad Wichnaika Philusma, de 14 años. Sostiene que la orden de abandono del país es ilegal, injusta y desproporcionada, pues la Ley faculta al Servicio a aplicar sanciones menos gra

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso, se deje sin efecto la Resolución Exenta N°25035784, se revoque la orden de abandono y se ordene a la recurrida reabrir la solicitud de residencia definitiva. SEGUNDO: Que el Servicio Nacional de Migraciones, representado por el abogado Javier Muñoz Reyes, solicita el rechazo del amparo por no existir acto ilegal que atente contra las garantías constitucionales del recurrente. Informa que el extranjero ingresó a Chile el 24 de mayo de 2016, obtuvo visa temporaria hasta julio de 2018 y prórroga hasta marzo de 2020. Con fecha 26 de mayo de 2023, presentó solicitud de residencia definitiva ID N°65220791 que, si bien fue inicialmente rechazada, luego de un nuevo estudio se dejó sin efecto tal decisión y se retrotrajo a tramitación. Actualmente, la solicitud se encuentra en trámite, en etapa de Resolución, según el Registro Nacional de Extranjeros. Añade que el 27 de febrero de 2025, el Servicio remitió al amparado la ampliación del certificado de residencia definitiva en trámite, lo que acredita con el documento acompañado. En consecuencia, sostiene que la acción ha perdido oportunidad y debe rechazarse. Fundamenta la improcedencia del amparo señalando que el recurrente mantiene situación migratoria regular conforme a los artículos 38, 43 y 45 de la Ley 21.325, no existiendo sanción migratoria en su contra. Cita el artículo 78 sobre residencia definitiva y el artículo 37 sobre la competencia del Servicio para otorga

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS PRIMERO: Que comparece Emmanuel Bien-Aime, habilitado en Derecho, de nacionalidad haitiana, en representación de Daniel Philusma, de nacionalidad haitiana, interponiendo recurso de amparo constitucional contra el Servicio Nacional de Migraciones por haber emitido la Resolución Exenta N°25035784 de 23 de enero de 2025, que rec

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