MELLADO/EFCO DE CHILE S A.
Rol
Fecha
3 de marzo de 2025
Materia
RECARGOS
Resultado
SENTENCIA REEMPLAZO
Hechos
Visto: De la sentencia anulada se mantienen sus
Fundamentos
considerandos y citas legales, con excepción del Séptimo, que se suprime. Y se tiene además, y en su lugar presente: 1°.- Se reproduce lo señalado en los considerandos segundo a cuarto del
Fallo
fallo de nulidad que precede. 2°.- En atención a que no concurren en la especie los presupuestos fácticos que permitieran imputar a la indemnización por años de servicio, la parte del saldo de la Cuenta Individual por Cesantía constituida por las cotizaciones efectuadas por la empleadora, de acuerdo a lo previsto en los artículos 13 inciso segundo y 52 de la ley 19.728, por lo que corresponde acceder a la restitución reclamada por la trabajadora, de la suma de $ 3.000.002 que se solicita, por este concepto, monto que no fue controvertido fue descontado en su oportunidad, según se indica en el considerando Tercero de la sentencia anulada. 3°.- Que, se mantendrán las demás decisiones realizadas por la sentencia anulada y que se ha reproducido para estos efectos, por no haber sido afectadas por el recurso de nulidad acogido. Atendido lo expuesto, disposiciones citadas, y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 7, 41, 42, 63, 67, 71, 73, 160, 162, 163, 168, 171, 172, 173, 420 letra a), 446, 452, 453, 454, 456, 457, 458 y 459 del C digo del Trabajo; 1698 del Código Civil; y 144 del Código de Procedimiento Civil, y demás disposiciones citadas, se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don PATRICIO ANDRÉS MELLADO LAZO, en contra de la demandada EFCO DE CHILE S.A, declarando injustificado el despido de que fue objeto el día 12 de julio de 2023, y por tanto se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $ 5.523.408, por concepto de inc
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de marzo de dos mil veinticinco. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del Código del Trabajo se dicta la sentencia de reemplazo que sigue: Visto: De la sentencia anulada se mantienen sus considerandos y citas legales, con excepción del Séptimo, que se suprime. Y se tiene además, y en su lugar presente: 1°.- Se reproduce lo señalado en los considerand
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica