JUZGADO DE GARANTIA DE MELIPILLA

MP C/ANTHONY HAROLDO ACUÑA PERALTA.

Rol

Fecha

1 de marzo de 2025

Materia

INCENDIO DE BOSQUES ART. 476 Nº 3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la participación del imputado en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, en atención a la naturaleza del delito, el bien jurídico afectado, circunstancias de comisión, la condición de bombero y el cargo que en dicha institución tenía el imputado al momento de los hechos y la pena probable a imponer. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiuno de febrero del año dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que decretó la prisión preventiva del imputado Anthony Haroldo Acuña Peralta. Devuélvase vía interconexión. Nº 669-2025-Penal

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San Miguel, uno de marzo de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol Corte: 669-2025-Penal Ruc: 2500104457-8 Rit: 472-2025 JUZGADO DE GARANTIA DE MELIPILLA Ministro de fe: Cristian Calderón Bórquez Imputado: ANTHONY HAROLDO ACUÑA PERALTA Escritos proveídos en audiencia: folios 4 y 5 San Miguel, uno de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedent

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