2º JUZGADO DE LETRAS EN LO CIVIL DE ANTOFAGASTA

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MEJILLONES/FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

ACTO ADMINISTRATIVO, NULIDAD DE

Resultado

REVOCADA SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que por resolución de fecha 11 de diciembre de 2024 dictada por el Segundo Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, se rechazó la excepción dilatoria prevista en el artículo 303 N°6 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “la corrección del procedimiento, sin alterar el fondo de la acción deducida” opuesta por el demandado. SEGUNDO: Que el demandado FISCO DE CHILE, interpone recurso de apelación en contra de la señalada resolución solicitando se revoque la misma, acogiendo la excepción y conforme el petitorio de ésta, proceda a “ordenar, en su caso, a la demandante que dirija la demanda y emplace a Marco Antonio Cancino Heredia”. Fundamenta su apelación en que se da, en el presente caso, un supuesto de litisconsorcio necesaria, que deriva de la estrecha vinculación que tiene el funcionario de la Municipalidad de Mejillones don Marco Antonio Cancino Heredia con el acto cuya nulidad se pretende. TERCERO: Que, al respecto, no cabe sino compartir las argumentaciones vertidas por la demandada en su arbitrio, pues el petitorio de la demanda solicita que se declare la nulidad de derecho público de la “resolución E509938 /2024 emitida por la Contraloría Regional Antofagasta, que “ACOGE RECLAMO POR VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE CONFIANZA LEGÍTIMA”, poniendo pronto remedio al mal causado y adoptando las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección a mi mandante, obligando en concreto al demandado a dejar sin efecto la resolución indicada o bien de aquellas que S.S. estime procedente conforme a derecho, dejando sin efecto, también, las medidas e instrucciones que de ellas se derivan, con costas”. Asimismo, en la demanda se indica que dicha resolución ordena que “la Municipalidad de Mejillones disponga la renovación del vínculo con el señor Cancino Heredia, en los mismos términos de su última contratación, reincorporándolo a sus funciones y pagándole las remuneraciones correspondientes al tiempo

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, sin costas, la resolución apelada de fecha once de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada en causa Rol C-4328-2024 del Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, únicamente en la parte que rechaza la excepción dilatoria prevista en el artículo 303 N°6 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “la corrección del procedimiento, sin alterar el fondo de la acción deducida” opuesta por el Fisco de Chile, ordenando a la parte demandante que dirija la demanda y emplace al Sr. Marco Cancino Heredia. Regístrese y comuníquese. Rol 30-2025 (CIV) 1

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: PRIMERO: Que por resolución de fecha 11 de diciembre de 2024 dictada por el Segundo Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, se rechazó la excepción dilatoria prevista en el artículo 303 N°6 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “la corrección del procedimiento, sin alterar el fondo de la acción deducida” opuesta por el dem

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica