SIN INFORMACION

JESSICA ELIZABETH GALAZ AGUILAR EN CONTRA DE RESOLUCION DEL JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION

Rol

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que el abogado Claudio Andrés Vargas Chávez, abogado, en representación de Jessica Elizabeth Galaz Aguilar, ejecutante, en autos caratulados RIT J-57-2024, caratulada “Galaz con Comercial Eccsa S.A.” del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, recurre de hecho en contra de la resolución de 3 de septiembre de 2024, que decidió denegar el recurso de apelación interpuesto, por lo siguiente: “Atendido a lo dispuesto en el artículo 473 en relación con el artículo 472 del Código del Trabajo, que dispone que las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados en el Párrafo 4°, Libro V del mismo Código, serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470 y no siendo la resolución apelada de aquellas comprendidas en dicho artículo, no ha lugar por improcedente.” La sentencia de 28 de agosto de 2024 respecto de la que apeló la ejecutante, es del siguiente tenor: “Que, la argumentación esgrimida será desestimada por cuanto la obligación del ejecutado era la de pagar la oferta efectuada dentro del plazo de 10 días, contados desde la ratificación del finiquito, lo que no ocurrió en tiempo y forma-, por lo cual la consecuencia de este incumplimiento, es el incremento que se demanda en autos. Sin embargo, para efectos de determinar el porcentaje que en que se incrementará la suma demandada, se tendrá presente por este tribunal que existieron 2 días de atraso, por lo que se hará prudencialmente, según se señalará en lo resolutivo de esta sentencia.” SEGUNDO: Que el juzgado, en síntesis, informó lo siguiente: que se rechazó la excepción de transacción planteada por la ejecutada, acogiendo parcialmente la excepción de pago que planteó; que en la misma resolución se acogió la solicitud de incremento formulada por la parte ejecutante, fijando su quantum en un 5% de las indemnizaciones ofertadas en la carta de despido; que a la solicitud de incremento se le dio ab initio tramitación incidental, confiriéndose de ella t

Fallo

fallo definitivo son inapelables. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido por el abogado Claudio Andrés Vargas Chávez, por la ejecutante, en autos RIT J-57-2024, caratulados “Galaz con Comercial Eccsa S.A.” del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción en contra de la resolución de tres de septiembre de dos mil veinticuatro que no concedió su recurso de apelación subsidiaria interpuesto en contra de la sentencia de veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro que no acogió la solicitud de incremento en los términos formulados por la ejecutante. Comuníquese al tribunal de la instancia. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redactó el fiscal judicial Hernán Amador Rodríguez Cuevas. N°Laboral - Cobranza-690-2024 (recurso de hecho).

Texto Completo (Preview)

PZC/ari C.A. de Concepción. Concepción, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que el abogado Claudio Andrés Vargas Chávez, abogado, en representación de Jessica Elizabeth Galaz Aguilar, ejecutante, en autos caratulados RIT J-57-2024, caratulada “Galaz con Comercial Eccsa S.A.” del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, recurre de hech

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