FUENZALIDA CON VIDAL
Rol
Fecha
28 de febrero de 2025
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
VISTOS: En estos autos Rol Corte 1898-2023, sobre juicio ordinario de reivindicación, caratulados “Fuenzalida con Vidal”, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, bajo el Rol C-1347-2020, la parte demandante dedujo recurso de casación en la forma y apelación en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha diez de mayo de dos mil veintitrés, en cuanto acoge la excepción de litis pendencia interpuesta por la demandada con fecha 26 de abril de 2021, de acuerdo a lo señalado en el
Fundamentos
considerando noveno de dicho fallo, omitiendo pronunciarse respecto del fondo de la acción reivindicatoria. Se ordenó traer los autos en relación. CONSIDERANDO: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma. PRIMERO: Que, la parte demandante dedujo recurso de casación en la forma, por la causal del artículo 768 Nº5, en relación con el artículo 170 N°4, ambos del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el
Fallo
fallo recurrido no contendría las consideraciones de hecho y de derecho para justificar la decisión de acoger la excepción de litis pendencia opuesta por la contraria. Señala que el juez a quo concluye que el objeto pedido es el mismo, sin considerar los antecedentes que prueban o fundamentan su postura, basándose sólo en una suposición, sin hacer un examen jurídico acucioso. Agrega que el juez no aborda toda la argumentación jurídica necesaria que regula la materia, entendiendo que, en este caso, existe normativa específica, tratándose del tipo de acción de que se trata, esto es, de una acción reivindicatoria, y de los requisitos de ésta, que deben ser abordados con relación al objeto pedido, y que el juez no se hace cargo. Afirma que el juez de primera instancia no establece cuales pruebas rendidas, concretamente, son aquellas que permiten fundamentar el establecimiento de los todos hechos con relación a la norma aplicable, ni de qué manera. Tampoco aborda toda la normativa aplicable al caso -esto es, las normas sobre la acción reivindicatoria del Código Civil y del D.L. 2695 de 1979- ni como los supuestos de éstas quedarían probados con los antecedentes que constan en la causa. Por último, sostiene el recurrente que el fallo simplemente omite antecedentes de derecho respecto de los requisitos especiales de la acción reivindicatoria en cuanto a las exigencias de singularización del objeto, con relación al análisis del objeto pedido para que se configure la litis pendenci
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PAGE 11 Rancagua, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: En estos autos Rol Corte 1898-2023, sobre juicio ordinario de reivindicación, caratulados “Fuenzalida con Vidal”, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, bajo el Rol C-1347-2020, la parte demandante dedujo recurso de casación en la forma y apelación en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha diez
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