SOTO/
Rol
Fecha
28 de febrero de 2025
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su
Fundamentos
considerando desde la frase” Que, en esta parte, la solicitud se basa …” hasta donde se señala ”…sea ridículo o risible” así como la parte considerativa, las que se eliminan. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMAS, PRESENTE: PRIMERO: Que por el referido
Fallo
fallo se rechazó la petición de cambio de nombre planteada conforme a lo previsto en el artículo 1° letra a) de la Ley 17.344 por doña DANIELA CONSTANZA SOTO BÁEZ. SEGUNDO: Que en contra de dicha decisión se alzó la requirente, solicitando a esta Corte se le revoque y en su lugar se acceda a su pretensión por los argumentos que vierte en su recurso. TERCERO: Que para dilucidar el asunto sometido a la decisión de esta Corte, conviene recordar, que como se indica en la Ley 17.344 en su artículo 1° que “Toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento.”, y sin perjuicio de las situaciones en que “las leyes autorizan la rectificación de inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombres y apellidos distintos de los originarios a consecuencia de una legitimación, legitimación adoptiva o adopción,” expresa y especialmente dispone en su inciso segundo, que “cualquiera persona podrá solicitar, por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente; b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios, y c) En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera s
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Punta Arenas, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su considerando desde la frase” Que, en esta parte, la solicitud se basa …” hasta donde se señala ”…sea ridículo o risible” así como la parte considerativa, las que se eliminan. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMAS, PRESENTE: PRIMERO: Que por el referido fallo se rechazó la petici
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