1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

EVA MARDONES ORMEÑO CON FISCO DE CHILE - CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que, por sentencia de nueve de noviembre de dos mil veintitrés, el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de esta ciudad, acogió sin costas la demanda interpuesta por EVA MARDONES ORMEÑO en contra del FISCO DE CHILE, sólo en cuanto condena a éste último, al pago de $20.000.000 (veinte millones de pesos) por concepto de indemnización por daño moral, con reajustes en la proporción que varíe el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de esta sentencia y el pago efectivo e, intereses corrientes, esto es, el fijado mensualmente por la Comisión para el Mercado Financiero para operaciones de dinero en moneda nacional reajustables de plazo menor a un año, desde la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y hasta su pago efectivo. Rechazó las excepciones de reparación integral o pago y de prescripción opuestas por el Fisco. De igual modo, se desestimó la alegación subsidiaria del Fisco, en cuanto a considerar en la fijación del quantum indemnizatorio los pagos que hubiere recibido conforme a las leyes de reparación. SEGUNDO: Que, ambas partes se alzaron contra la sentencia definitiva antes referida. TERCERO: Que, el letrado de la parte demandante solicitó revocar parcialmente la sentencia indicada en el cuerpo de este libelo; y en concreto confirmarlo con declaración, de que se aumenta el monto de la indemnización fijada en la sentencia recurrida, a la suma de $100.000.000. Todo ello con costas de la apelación. Apela por estimar agraviante el fallo en al alzada, al otorgar una suma exigua,

Fundamentos

considerando 22° de la sentencia en alzada. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que, por sentencia de nueve de noviembre de dos mil veintitrés, el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de esta ciudad, acogió sin costas la demanda interpuesta por EVA MARDONES ORMEÑO en contra del FISCO DE CHILE, sólo en cuanto condena a éste último, al pago de $20.000.000 (veinte millones de pesos) por concepto de indemnización por daño moral, con reajustes en la proporción que varíe el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de esta sentencia y el pago efectivo e, intereses corrientes, esto es, el fijado mensualmente por la Comisión para el Mercado Financiero para operaciones de dinero en moneda nacional reajustables de plazo menor a un año, desde la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y hasta su pago efectivo. Rechazó las excepciones de reparación integral o pago y de prescripción opuestas por el Fisco. De igual modo, se desestimó la alegación subsidiaria del Fisco, en cuanto a considerar en la fijación del quantum indemnizatorio los pagos que hubiere recibido conforme a las leyes de reparación. SEGUNDO: Que, ambas partes se alzaron contra la sentencia definitiva antes referida. TERCERO: Que, el letrado de la parte demandante solicitó revocar parcialmente la sentencia indicada en el cuerpo de este libelo; y en concreto confirmarlo con declaración, de que se aumenta el monto de la indemnización fijada en la sentencia recurrida, a la suma de $100.000.000. Todo ello con costas de la apelación. Apela por estimar agraviante el

Fallo

fallo en al alzada, al otorgar una suma exigua, considerando los tormentos sufridos por el demandante y que fueron aplicados por agentes del estado, los que repercuten hasta el día de hoy y continuarán afectándolo por el resto de su vida. CUARTO: Que, por su parte, el demandado pide enmendar con arreglo a derecho y declarar que se rechaza íntegramente la demanda interpuesta en autos, revocando asimismo el factor de reajustabilidad y el periodo de su devengo, en la forma en que se señala en el cuerpo del recurso. En subsidio, que se rebaje sustancialmente el monto fijado a título de indemnización por daño moral a una suma acorde con el criterio ya mencionado, o la suma siempre inferior que prudencialmente el Tribunal de alzada se sirva fijar. El Fisco de Chile reclama del rechazo de la excepción de reparación satisfactiva de pago, fundado en los beneficios percibidos por el actor, reiterando las argumentaciones vertidas al momento de contestar la demanda. Enseguida acusa la existencia de un segundo agravio, que dice relación con el rechazo de la excepción de prescripción, considerando que el fallo en alzada incurre en apreciaciones erradas y contrarias a la doctrina jurisprudencial de los Tribunales Superiores de Justicia, afirmando que las normas de Derecho Internacional no consagran la imprescriptibilidad de las acciones indemnizatorias. Como tercer agravio alega que no existe un análisis pormenorizado o una adecuada valoración de la prueba rendida, por lo que el daño mora

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C.A. de Concepción Concepción, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. Se elimina el considerando 22° de la sentencia en alzada. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que, por sentencia de nueve de noviembre de dos mil veintitrés, el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de esta ciudad, acogió sin costas la demanda interpuesta por EVA MARDONES ORMEÑO en contra del FISCO DE CHILE, sólo

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