3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

TOMAS NESTOR ROA RIOS CON FISCO DE CHILE- CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO. ACUMUALADA ROL 2001-2024

Rol

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que, por sentencia de dos de octubre de dos mil veintitrés, el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de esta ciudad, acogió sin costas la demanda interpuesta por TOMAS NESTOR ROA RIOS en contra del FISCO DE CHILE, sólo en cuanto condena a éste último, al pago de $30.000.000 (treinta millones de pesos) por concepto de indemnización por daño moral, con los reajustes conforme a la variación que experimente el índice de precios al consumidor desde que la sentencia quede ejecutoriada a la fecha del pago efectivo, e intereses corrientes para operaciones reajustables en moneda nacional menores a un año, que deberán pagarse sobre la suma reajustada desde que el demandado se encuentre en mora. Rechazó las excepciones de reparación integral o pago y de prescripción opuestas por el Fisco. De igual modo, se desestimó la alegación subsidiaria del Fisco, en cuanto a considerar en la fijación del quantum indemnizatorio los pagos que hubiere recibido conforme a las leyes de reparación. SEGUNDO: Que, ambas partes se alzaron contra la sentencia definitiva antes referida. TERCERO: Que, el letrado de la parte demandante solicitó revocar parcialmente la sentencia indicada en el cuerpo de este libelo; y en concreto confirmarlo con declaración, de que se aumenta el monto de la indemnización fijada en la sentencia recurrida, a la suma de $200.000.000. Todo ello con costas de la apelación Apela por estimar agraviante el fallo en al alzada, al otorgar una suma exigua,

Fundamentos

considerando los tormentos sufridos por el demandante y que fueron aplicados por agentes del estado, los que repercuten hasta el día de hoy y continuarán afectándolo por el resto de su vida. CUARTO: Que, por su parte, el demandado pide revocar conforme a derecho la sentencia y, en su lugar, se decida que se rechaza en todas sus partes la demanda de indemnización de perjuicios deducida en contra del Fisco de Chile; en subsidio, para el evento que se decida su confirmación, se efectúe declaración que regule prudencialmente el daño rebajando los montos de la indemnización conforme lo argumentado en capítulo 4º de su recurso, denominado “En subsidio, respecto del monto de la indemnización”, regulándola en una suma inferior a la impuesta por la sentencia que se recurre y resulta más ajustada a la prudencia. El Fisco de Chile reclama del rechazo de la excepción de reparación satisfactiva de pago, fundado en los beneficios percibidos por el actor, reiterando las argumentaciones vertidas al momento de contestar la demanda. Enseguida acusa la existencia de un segundo agravio, que dice relación con el rechazo de la excepción de prescripción, considerando que el

Fallo

fallo en al alzada, al otorgar una suma exigua, considerando los tormentos sufridos por el demandante y que fueron aplicados por agentes del estado, los que repercuten hasta el día de hoy y continuarán afectándolo por el resto de su vida. CUARTO: Que, por su parte, el demandado pide revocar conforme a derecho la sentencia y, en su lugar, se decida que se rechaza en todas sus partes la demanda de indemnización de perjuicios deducida en contra del Fisco de Chile; en subsidio, para el evento que se decida su confirmación, se efectúe declaración que regule prudencialmente el daño rebajando los montos de la indemnización conforme lo argumentado en capítulo 4º de su recurso, denominado “En subsidio, respecto del monto de la indemnización”, regulándola en una suma inferior a la impuesta por la sentencia que se recurre y resulta más ajustada a la prudencia. El Fisco de Chile reclama del rechazo de la excepción de reparación satisfactiva de pago, fundado en los beneficios percibidos por el actor, reiterando las argumentaciones vertidas al momento de contestar la demanda. Enseguida acusa la existencia de un segundo agravio, que dice relación con el rechazo de la excepción de prescripción, considerando que el fallo en alzada incurre en apreciaciones erradas y contrarias a la doctrina jurisprudencial de los Tribunales Superiores de Justicia, afirmando que las normas de Derecho Internacional no consagran la imprescriptibilidad de las acciones indemnizatorias. Como tercer agravio alega q

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C.A. de Concepción Concepción, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que, por sentencia de dos de octubre de dos mil veintitrés, el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de esta ciudad, acogió sin costas la demanda interpuesta por TOMAS NESTOR ROA RIOS en contra del FISCO DE CHILE, sólo en cuanto condena a éste último, al pago de $30.000.000 (tre

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