SIN INFORMACION

LUIS CRISTIAN VERGARA VARAS/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Carlos Sánchez Palacios para deducir recurso de amparo en favor de Luis Cristián Vergara Varas, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que no otorgó el beneficio de libertad condicional a su representado. Indica que la persona en cuyo favor recurre, se encuentra cumpliendo la pena de seis años por el delito de abuso sexual. Agrega que registra como fecha de inicio de la condena el 16 de noviembre de 2020, como fecha estimada de término el 16 de noviembre de 2026 y el tiempo mínimo exigido para postular al beneficio se verificó el 16 de noviembre de 2024. Refiere que la conducta del interno ha sido calificada los últimos cuatro bimestres como muy buena y que pese a cumplir con todos los requisitos para obtener el beneficio solicitado, este le fue denegado ilegal e infundadamente. Pide que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, decretando que se concede dicha libertad a su representado. Segundo: Que informa al tenor del recurso don Patricio Martínez Benavides, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, indicando que, previa relación y análisis de los antecedentes, la comisión rechazó la solicitud de libertad condicional del interno, señalando lo siguiente “Analizados y ponderados los antecedentes que constan en la carpeta remitida por Gendarmería de Chile, se concluye que el interno mantiene un riesgo de reincidencia medio, pues aun cuando participó en el taller para ofensores sexuales, tiene valores criminógenos internalizados, relacionados con la negación de la violencia sexual y problemas de autoconciencia, a lo que han de sumarse la presencia de factores de riesgo específicos, como la actividad sexual inapropiada y la falta de reconocimiento del delitos, la ausencia de conciencia del delito o del mal causado y la falta de empatía con la víctima. Por tales motivos, se estima, por unanimidad, qu

Fundamentos

considerando que la acción de amparo no puede considerarse como un equivalente al recurso de apelación, que en este caso la ley no contempla, para la impugnación que se pretende. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°264-2025 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala, por el recurso el abogado Carlos Sánchez. San Miguel, 28 de febrero de 2025. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. Al folio 12: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Carlos Sánchez Palacios para deducir recurso de amparo en favor de Luis Cristián Vergar

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