JUZGADO DE GARANTIA DE LA SERENA

C/ CLIVER JOSE DE JESUS MARIN PRADA

Rol

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, y compartiendo esta Corte los fundamentos de la decisión en alzada, en cuanto las medidas cautelares impuestas en contra del querellado son suficientes para mantenerlo adherido al procedimiento, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 139, 140, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintitrés de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, que no concedió la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Cliver José de Jesús Marín Prada. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (I) Braulio Meriño Urra Devuélvase vía interconexión. Rol N°145-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. Siendo las 09:57 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby e integrada por los Ministros titulares señora Gloria Negroni Vera y señor Juan Carlos Espinosa Rojas, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la querellante, en

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