SIN INFORMACION

CHAVEZ/SERVICIO NACIONAL NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

28 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Beatriz Triana López, Abogada, en favor de Yainer Triana López y Yiroby Chávez Fuentes, ambas de nacionalidad cubana, e interpone recurso de protección en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de la Subsecretaría del Interior y del Servicio Nacional de Migraciones, por la falta de pronunciamiento respecto de las solicitudes de carta de nacionalización, omisión que estima ilegal y arbitraria y que vulnera las garantías constitucionales de los numerales 2° y 3° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso en que sus representadas ingresaron al país con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile, convirtiéndose en residentes definitivos, y que con fecha 30 de julio de 2022 ingresaron la respectiva solicitud de carta de nacionalización, sin que a la fecha hayan recibido ninguna respuesta por parte del servicio recurrido. Argumenta que la demora en que ha incurrido las recurridas es ilegal, por cuanto vulnera lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N° 19.880, que establece un plazo máximo de seis meses para la conclusión del procedimiento administrativo, y es arbitraria, porque discrimina a su representado respecto del trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes. Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene a las recurridas a pronunciarse por las solicitudes dentro de un plazo de 60 días, o el que se estime conforme al mérito de autos, y en general adoptar las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, con costas. SEGUNDO: Que por la recurrida evacuó informe el abogado Gonzalo Becerra Arias, en representación del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de la Subsecretaria del Interior, solicitando el rechazo del recurso por los siguientes motivos. En primer término, precisó que l

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene a las recurridas a pronunciarse por las solicitudes dentro de un plazo de 60 días, o el que se estime conforme al mérito de autos, y en general adoptar las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, con costas. SEGUNDO: Que por la recurrida evacuó informe el abogado Gonzalo Becerra Arias, en representación del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de la Subsecretaria del Interior, solicitando el rechazo del recurso por los siguientes motivos. En primer término, precisó que la solicitud de otorgamiento de carta de nacionalización de la recurrente Yainer Triana López ya han sido recibidos desde el Servicio Nacional de Migraciones, encontrándose en su última etapa de tramitación previo a la firma por parte de la autoridad. Respecto de la recurrente Yiroby Chávez Fuentes, dicha solicitud se encuentra en tramitación ante el Servicio Nacional de Migraciones. Sostuvo que no existe omisión arbitraria o ilegal que afecte garantías constitucionales del recurrente, toda vez que las solicitudes de nacionalización son sometidas a un exhaustivo análisis que justifica una tramitación más extensa, atendida su relevancia jurídica y práctica. Agregó que este tipo de solicitudes constituyen un ejercicio del derecho a petición, por lo que la autoridad no está obligada a aceptarlas, accediendo a ellas únicamente si se cumplen los requisitos legales. Afirmó que la sola

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C.A. Santiago. Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Beatriz Triana López, Abogada, en favor de Yainer Triana López y Yiroby Chávez Fuentes, ambas de nacionalidad cubana, e interpone recurso de protección en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de la Subsecretaría del Interior y del Servicio Nacional de Migra

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