SIN INFORMACION

DANIEL ANDRADE LARA CONTRA CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES

Rol

Fecha

27 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Comparece DANIEL ALEXI ANDRADE LARA, domiciliado para estos efectos en Santa Lucía N°232, oficina 41, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien deduce recurso de protección en contra de CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES, representada legalmente por don Nelson Mauricio Rojas Mena, ambos con domicilio en calle General Calderón N°121, Providencia, Santiago, y solicita se disponga: a) Que la recurrida cese todo tipo de retención o descuento en la remuneración del recurrente; b) Que la recurrida restituya los descuentos efectuados, así como también los que puedan llegar a efectuarse durante la tramitación de la presente acción; c) Condenar en costas a la recurrida. Relata que con fecha 14 de marzo de 2017 suscribió el pagaré N°21.0200089-K a favor de la C.C.A.F. LOS ANDES, por la suma de $6.455.571.-, pagadero en 60 cuotas mensuales iguales y sucesivas, a contar del 30 de junio de 2017; sin embargo, debido a condiciones personales y económicas, no pudo hacer frente a las obligaciones pactadas, constituyéndose en mora, lo que generó que la recurrida presentara demanda ejecutiva en su contra, ante el Segundo Juzgado de Letras de Punta Arenas, bajo el rol C-353-2019. Refiere que, en el mes de octubre de 2024, figuran descuentos en su liquidación de sueldo por un monto de $259.282.- efectuados por la recurrida, según consta del documento de fecha 11 de noviembre de 2024. Sostiene que este acto de autotutela es ilegal y arbitrario, por cuanto la recurrida ya había ejercido la cláusula de aceleración en sede judicial, pretendiendo posteriormente cobrar mediante descuentos, sin previo aviso al recurrente ni explicación del monto descontado, lo que vulnera su derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 N°24 de la Constitución. Evacuó informe la recurrida CAJA DE COMPENSACIÓN Y ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES, representada por la abogada Inés Riquelme Arao, solicitando el rechazo del recurso de protección, po

Fundamentos

fundamentos del recurso, la recurrida ha dispuesto el cese definitivo de los descuentos y la restitución de las sumas recibidas desde la reanudación de los cobros. Se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurso de protección ha sido instituido con el objeto de evitar posibles consecuencias dañosas derivadas de actos u omisiones ilegales o arbitrarios que produzcan en el afectado una privación, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de las Garantías Constitucionales que se protegen con este arbitrio jurisdiccional a fin de restablecer el imperio del derecho y otorgar la debida protección al ofendido. SEGUNDO: Que, el hecho que el recurrente califica como arbitrario e ilegal lo hace consistir en la retención, a través de su empleador, de sumas de dinero correspondientes a su remuneración del mes de octubre de 2024, en razón de créditos que han sido cobrados judicialmente y cuyo descuento no ha autorizado. TERCERO: Que, según se desprende del mérito de autos, especialmente lo manifestado por la recurrida, en orden a que ha dispuesto el cese definitivo de los descuentos al recurrente y dispondrá la restitución de aquellas sumas que hayan sido recibidas a partir de la reanudación de los cobros, ha cesado el fundamento que motivó el presente recurso, por lo que no pueden darse por existentes las consecuencias que se señalan como gravosas a garantía constitucional alguna, lo que conducirá a rechazar la acción cautelar intentada.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales de veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y dos y sus modificaciones, SE RECHAZA el intentado por DANIEL ALEXI ANDRADE LARA en contra de CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 14 del referido Auto Acordado. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°578-2024.PROTECCIÓN.-

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Comparece DANIEL ALEXI ANDRADE LARA, domiciliado para estos efectos en Santa Lucía N°232, oficina 41, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien deduce recurso de protección en contra de CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES, representada legalmente por don Nelson Mauricio Rojas

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