ROJAS/PEREIRA
Rol
Fecha
27 de febrero de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Coyhaique, a veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS. Atendido el mérito de estos antecedentes y
Fundamentos
considerando que el Juez del grado al acoger la excepción dilatoria en orden a sustituir el procedimiento ordinario de mayor cuantía por uno de menor cuantía, sin que se hubiese impuesto la obligación de subsanar tal defecto por la parte demandante, hace vigente lo dispuesto en el artículo 709 del Código de Procedimiento Civil, disposición de orden público, para efectos del abandono del procedimiento, cuyos presupuestos fácticos son concurrentes en el caso que se analiza; y, conforme lo dispuesto en los artículos 698 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la sentencia recurrida de fecha veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro, en cuanto por ella se rechazó el incidente de abandono del procedimiento deducido por la parte demandada y, en su lugar,
Fallo
se declara que se hace lugar al mismo. Regístrese y devuélvase. Rol 249-2024 (Civil).
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Coyhaique, a veintisiete de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS. Atendido el mérito de estos antecedentes y considerando que el Juez del grado al acoger la excepción dilatoria en orden a sustituir el procedimiento ordinario de mayor cuantía por uno de menor cuantía, sin que se hubiese impuesto la obligación de subsanar tal defecto por la parte demandante, hace vigente lo dispuesto en el artíc
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